España da luz verde al uso de cannabis medicinal

El gabinete español ha aprobado planes para legalizar el cannabis medicinal, pero aún quedan obstáculos regulatorios y parlamentarios que superar.

El Consejo de Ministros español aprobó el martes un decreto para legalizar el cannabis para uso medicinal en determinadas situaciones.

Por el momento, sin embargo, los detalles exactos siguen sin estar claros y los planes aún deben ser estudiados y aprobados por las agencias sanitarias, además de pasar una votación en el Congreso español.

El borrador del texto también indica que la ley final podría ser diferente de los planes previamente planteados para las prescripciones de cannabis medicinal para condiciones y entornos específicos.

“Es una demanda muy esperada por el Congreso de los Diputados, por los profesionales y por los pacientes”, afirmó la ministra de Sanidad, Mónica García, durante la rueda de prensa para anunciar la decisión.

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La decisión supone un paso decisivo y largamente esperado en la integración del cannabis en el sistema sanitario español.

El Observatorio Español de Cannabis Medicinal (OECM) estima que unas 300.000 personas en España consumen cannabis con fines medicinales o terapéuticos.

El decreto aprobado el martes no establece, sin embargo, una lista cerrada de condiciones aceptables para las cuales se pueden hacer prescripciones. Se sugieren planes anteriores delineados por el ministerio en 2024 que solo pacientes específicos con condiciones específicas, para quienes ya existe evidencia científica preexistente de los beneficios del cannabis medicinal, podrían acceder a él.

Las condiciones incluían tipos de esclerosis múltiple, epilepsia refractaria, náuseas y vómitos causados ​​por la quimioterapia y dolor crónico refractario.

En cambio, el anteproyecto de ley establece que los usos clínicos autorizados, junto con las condiciones específicas de preparación, posología y prescripción, se recogerán en un informe publicado en un plazo de tres meses por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).

Esto podría hacer que las normas sean más flexibles de lo previsto originalmente, ya que las primeras versiones del texto incluían estrictamente su aplicación a las cuatro condiciones enumeradas únicamente.

Esto no significa que la lista de condiciones necesariamente se ampliará más, pero sí brinda la oportunidad de ampliar la lista de condiciones incluidas a medida que se vaya acumulando evidencia.

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Un comunicado del Ministerio de Salud dijo: “Este modelo permite una actualización continua basada en los avances científicos y la evidencia clínica disponible, abriendo la puerta a la incorporación de nuevas prescripciones en el futuro, siempre bajo rigurosos criterios de eficacia, seguridad y necesidad médica”.

Por el momento, el cannabis sólo puede ser recetado exclusivamente por médicos especialistas en un entorno hospitalario, cuando existan razones clínicas documentadas para su uso. Anteriormente se había informado ampliamente que las farmacias en España podrían dispensar recetas, pero ahora no está claro.

Las recetas por ahora sólo deben ser elaboradas en farmacias hospitalarias autorizadas. Aún no está claro si los pacientes recibirán flores o aceites de cannabis especialmente preparados.

El decreto también crea un registro público, gestionado por la AEMPS, en el que deberán inscribirse todos los preparados normalizados de cannabis utilizados para elaborar recetas.

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