Panel del Quinto Circuito bloquea la aprobación de telemedicina de mifepristona en 2023

Han sido 48 horas muy ocupadas para Luisiana. El miércoles, la Corte Suprema decidió Callais. Al día siguiente, el Gobernador anunció que suspendería las próximas elecciones primarias para permitir a la legislatura redistribuir los distritos. También existe un litigio ante la Corte Suprema por el dictado de la sentencia en Callais. Hoy temprano, el Gobernador fue demandado para prohibir la cancelación de las elecciones.

Y hace apenas unos momentos, el panel del Quinto Circuito concedió una suspensión en la impugnación de Luisiana a la aprobación de la telemedicina con mifepristona a partir de 2023. ¿Pensó que el caso había terminado después de la Alianza para la Medicina Hipocrática? No has seguido el Quinto Circuito lo suficientemente de cerca.

Por ahora, simplemente pegaré la introducción de la opinión del panel del juez Kyle Duncan.

En Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization, 597 US 215 (2022), la Corte Suprema devolvió la regulación del aborto a los estados. En respuesta, la Administración Biden ordenó a las agencias federales “ampliar el acceso al… aborto con medicamentos”. Ejecutivo. Orden No. 14076, 87 Fed. Reg. 42053 (8 de julio de 2022). El año siguiente, la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) modificó formalmente sus directrices de seguridad para el medicamento abortivo mifepristona. Según la nueva regulación, el medicamento ahora podría recetarse en línea y dispensarse por correo, sin necesidad de una visita personal a un médico. En 2025, Luisiana impugnó la nueva regulación ante un tribunal federal en virtud de la Ley de Procedimiento Administrativo (APA). Argumentó que las justificaciones de la FDA para dispensar mifepristona a distancia se basaban en datos erróneos o inexistentes. También documentó cómo la nueva regulación había resultado en numerosos abortos ilegales en Luisiana y en el pago de miles de dólares en facturas de Medicaid para mujeres perjudicadas por la mifepristona. Luisiana solicitó la suspensión de la regulación mientras avanzaba el litigio. En respuesta, la FDA admitió que no había estudiado adecuadamente si la prescripción remota de mifepristona es segura. Pero la agencia se resistió a suspender la regulación, argumentando que se encontraba en medio de una revisión integral de los protocolos de mifepristona. La agencia, sin embargo, no pudo decir cuándo podría completarse esa revisión y admitió que todavía estaba recopilando datos. El tribunal de distrito estuvo de acuerdo en que era probable que Luisiana ganara su impugnación de la regulación de la mifepristona y que estaba sufriendo un daño irreparable a causa de ella. No obstante, el tribunal se negó a suspender la regulación basándose en su equilibrio entre las acciones y el interés público. Luisiana apeló ante nuestro tribunal y solicitó una suspensión pendiente de apelación conforme a 5 USC § 705.

Concedemos la estancia.

Este caso debería llegar a la Corte Suprema muy pronto.

Para ser claros, esta sentencia no sacaría a la mifepristona del mercado. Pero requeriría que las personas se sometieran a una evaluación en persona antes de recibir una receta para el medicamento abortivo. Después de Dobbs, es probable que el número de abortos en todo el país haya aumentado, en gran parte, debido al requisito de la telemedicina. Los médicos de los estados azules envían estas píldoras a Luisiana, Texas y otros estados rojos, y están protegidos por leyes estatales protectoras. Pero si existe el requisito de recetar el medicamento en persona, esos médicos no podrían dispensarlo a través de las fronteras estatales.

La Administración Trump probablemente no quiera este dolor de cabeza. El gobierno ha planteado una serie de defensas procesales y de legitimación activa, pero no ha defendido la decisión de Biden en cuanto al fondo. Veamos qué hace el SG Sauer ante el Tribunal Supremo.