El gobierno español aprobó recientemente un nuevo decreto para reformar su sistema de copago farmacéutico, lo que significa que ahora la gente pagará según su nivel de ingresos. Esto es lo que necesita saber.
El objetivo de la nueva reforma de la medicación es “adaptar el plan de copago farmacéutico a la capacidad económica real de los ciudadanos y mejorar la protección de los pacientes polimedicados”.
En España, el gobierno subsidia el precio de los medicamentos, lo que significa que cuando los compras en la farmacia sólo pagas un porcentaje de lo que cuestan.
Sin embargo, estos subsidios se financian mediante impuestos y pagos de seguridad social, por lo que, en cierto modo, todavía los estás pagando.
El Ministerio de Sanidad ha confirmado que seguirán vigentes las exenciones existentes para los grupos vulnerables. Entre ellos se incluyen los perceptores del ingreso mínimo vital, los que reciben pensiones no contributivas, los desempleados sin prestaciones, los menores con discapacidad reconocida y los afectados por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. También incorpora expresamente una exención para los perceptores del complemento de alimentos por hijos.
¿Qué cambiará?
Este cambio introduce un sistema de copago más progresivo, con seis tramos de ingresos en lugar de los tres que existen actualmente.
Anteriormente los tres tramos eran de hasta 18.000€ al año, entre 18.000€ y 100.000€ y más de 100.000€.
Hasta ahora, los límites mensuales sólo existían para los pensionistas. El cambio supondrá que aquellos con unos ingresos anuales inferiores a 35.000 euros tendrán ciertos límites en la cantidad que se les puede cobrar por medicamentos al mes. Esto afecta a quienes toman varios medicamentos a largo plazo.
El nuevo sistema de seis soportes será el siguiente:
Hasta 9.000€ al año: 40 por ciento de copago con un límite máximo de 8,23€ al mes. De 9.000 € a 18.000 €: Mismo porcentaje con un máximo de 18,52 € al mes. De 18.000 € a 35.000 €: 45 por ciento. Máximo fijado en 61,75 € al mes. De 35.000 € a 60.000 €: aportación del 45 por ciento sin límite mensual (antes era del 50 por ciento). De 60.000 € a 100.000 €: 50 por ciento de copago, sin cambios respecto al tramo anterior. Más de 100.000€: 60 por ciento sin límite mensual.
El cambio más significativo para las personas de ingresos medios. Esto se ha reducido del 50 al 45 por ciento para quienes ganan entre 18.000 y 60.000 euros al año.
Los nuevos límites máximos de copago mensual se introducen para colectivos con ingresos anuales inferiores a 35.000€, que anteriormente no tenían límites específicos.
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¿Qué pasará con los costes para los pensionistas?
Los pensionistas que reciben menos de 100.000 euros al año generalmente sólo pagan el 10 por ciento del coste de los medicamentos, mientras que aquellos con una pensión superior a 100.000 euros pagan el 60 por ciento.
Es importante saber que esto no cambiará, los porcentajes seguirán siendo los mismos.
Lo que cambiará, sin embargo, son las cantidades máximas que se pueden cobrar a los pensionistas.
Para quienes perciban menos de 18.000 euros de pensión, el máximo será de 8,23 euros, exactamente lo mismo que para los trabajadores con ingresos más bajos. Quienes reciben entre 18.000 y 60.000 euros en pensiones pagan un límite más bajo que antes. Ahora serán 13,37€. Para aquellos en el tramo de 60.000 € a 100.000 €, el importe sigue siendo el mismo: 18,52 €. Quienes perciban más de 100.000€ seguirán teniendo un límite máximo mensual de 61,75€.
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¿Qué pasará con los costes para los extranjeros no residentes?
Los extranjeros que no estén empadronados como residentes en España seguirán pagando el 40 por ciento del precio de los medicamentos, como ocurre desde 2018.
Este es el mismo porcentaje que pagan quienes tienen ingresos inferiores a 18.000 euros al año.
Sin embargo, lo que sí cambiará será el máximo que se les cobrará por medicamentos al mes. Este será un máximo de 8,23 euros, que se introduce por primera vez para los extranjeros no residentes.
Significa que los inmigrantes indocumentados que viven en España seguirán pudiendo pagar estos precios y no pagarán más que el máximo.
Sin embargo, no está claro si esto significará que los extranjeros no residentes, como los que poseen una segunda vivienda aquí, podrán beneficiarse también de porcentajes y máximos más bajos.
La redacción del BOE dice “el 40 por ciento del precio de venta al público para los extranjeros no empadronados ni autorizados como residentes en España, a que se refiere el artículo 3 ter de la Ley 16/2003, de 28 de mayo”.
Obviamente, los cambios a la ley no están destinados a ayudar a estas personas, sino a los inmigrantes indocumentados.
¿Los cambios afectan el precio de los medicamentos en los hospitales?
No, no cambiarán. Los medicamentos dispensados directamente desde los hospitales seguirán exentos de copagos. La reforma se limita únicamente a los servicios farmacéuticos ambulatorios. Esto significa únicamente medicamentos dispensados en farmacias con receta médica.
¿Cómo sabrán las farmacias cuánto gano?
Cuando vayas a recoger tu receta a la farmacia, deberás presentar tu tarjeta sanitaria.
Cuando tus datos aparezcan en la pantalla, podrán ver cuánto debes pagar porque los servicios regionales de salud habrán transmitido tus datos de copago a las farmacias.
Los propios farmacéuticos no le pedirán ninguna información sobre sus ingresos.
¿Qué pasa si me cobran una cantidad incorrecta?
Si crees que ha habido un error y te cobran un importe incorrecto por los medicamentos, puedes reclamar la devolución del sobrepago a la autoridad sanitaria regional correspondiente.