Un tribunal anula la prohibición de poseer palos Billy en California

De la decisión del juez Roger Benítez en Fouts contra Bonta(SD Cal.):

Este caso trata sobre una ley de California que tipifica como delito simplemente poseer o portar un porro. Este caso no se trata de si California puede prohibir o restringir el uso o posesión de un porro para fines ilegales…. Históricamente, el palo corto de madera que alguna vez llevaban los agentes de policía en su ronda se conocía como billy o billy garrote. El término sigue siendo vago hoy en día y puede abarcar un bastón de metal, un bate de liga menor, una pata de mesa de madera o el eje roto de un palo de golf, todas las cuales son armas que podrían usarse para la autodefensa pero que son menos letales que un arma de fuego… .

El tribunal anuló la ley basándose en la Segunda Enmienda (citando, entre otros casos, Caetano contra Massachusetts (2016), que sugirió que las pistolas paralizantes eran armas protegidas constitucionalmente). El análisis histórico es largo y detallado (léelo aquí), pero aquí está la conclusión:

La Segunda Enmienda protege el derecho de los ciudadanos a defenderse con armas de fuego peligrosas y letales. Pero no todo el mundo quiere portar un arma de fuego para defenderse. Algunos prefieren armas menos letales. Un billy es un arma menos letal que puede usarse para defensa propia. Es un arma sencilla que casi cualquier persona de entre ocho y ochenta años puede fabricar con un palo de madera, un poste de ropa o una clavija. Es fácil imaginar a innumerables ciudadanos llevando estas armas en sus paseos y caminatas diarios para defenderse de los ataques de humanos o animales. Para dar plena vida al derecho fundamental de la autodefensa, todo ciudadano individual responsable y respetuoso de la ley tiene el derecho constitucionalmente protegido de poseer y portar armas como el billy para fines legales.

En los primeros años de Estados Unidos y en la actualidad, el derecho de autoconservación de la Segunda Enmienda permite a un ciudadano “‘repeler fuerza por fuerza’ cuando ‘la intervención de la sociedad en su favor puede ser demasiado tarde para evitar ese daño'”. El país anticipó que a medida que nuestra nación madurara las circunstancias podrían hacer indeseable o inadecuado el reconocimiento previo de derechos. Para ese evento, los Fundadores proporcionaron un vehículo incorporado mediante el cual se podría enmendar la Constitución, pero un solo estado, por muy bien intencionado que sea, no puede hacerlo, y tampoco este tribunal.

Alan Beck y Stephen Stamboulieh representan al demandante.