Caso de Arkansas sobre leyes de zonificación que se utilizan para excluir tiendas de armas

En la decisión de ayer de la Corte Suprema de Arkansas en el caso Eureka Gun & Pawn, LLC contra la ciudad de Eureka Springs, la mayoría desestimó la apelación de Eureka Gun & Pawn por motivos de procedimiento. Pero tres de los siete magistrados opinaron sobre la cuestión de fondo; del acuerdo del juez Shawn Womack, junto con los jueces Barbara Webb y Nicholas Bronni:

[The court below] sostuvo que la sección 14-16-504(b)(1)(A) del Código de Arkansas anotado {“[e]Excepto que se disponga lo contrario en la ley estatal o federal, una unidad local de gobierno no promulgará una ordenanza o reglamento relacionado con, o regulará de cualquier otra manera, la propiedad, transferencia, transporte, porte o posesión de… armas de fuego”}—y la casi idéntica sección 14-54-1411—”no se aplica a la venta comercial de armas de fuego” porque leer “transferencia” para incluir las ventas comerciales produciría un “resultado absurdo”. juicio,

Voy a abordar algunas cosas, y luego, ha habido argumentos de que se aplica 14-54-1411 de que un municipio no puede restringir la transferencia, permítanme encontrar: la propiedad, transferencia, transporte, portación, posesión de armas de fuego o municiones, no se le ha pedido a la Corte que aborde eso todavía, al menos en esta audiencia, pero la Corte va a encontrar que este estatuto no afecta el comercio de armas de fuego; no puede. De lo contrario, la ciudad no podría prohibir que un traficante de armas se establezca en una zona residencial. No habría ninguna restricción; Sería una excepción exclusiva para las armas de fuego, y ese es un resultado absurdo. Yo—yo simplemente—no—no es aplicable en este caso.} …

[T]Esa lectura es inconsistente con los principios básicos de interpretación legal. De hecho, la percepción de “absurdo” del tribunal de circuito desaparece una vez que los estatutos de autoridad de zonificación y de preferencia de armas de fuego se leen en armonía.

“Transferencia” no es un término técnico y nada en la sección 14-54-1411 sugiere una definición especializada o más restringida. Naturalmente incluye la transmisión de bienes de una persona a otra, ya sea mediante donación, venta, consignación o de otro modo. Por tanto, la venta comercial de un arma de fuego es una transferencia de arma de fuego. La sección 14-54-1411 anotada del Código de Arkansas prohíbe la regulación local de dichas transferencias a menos que la ley estatal o federal disponga lo contrario.

Si la Asamblea General tenía la intención de excluir las transacciones comerciales de armas de fuego del alcance del estatuto, o proteger sólo las transferencias no comerciales, sabía cómo decirlo. No fue así. Por lo tanto, el texto claro abarca todas las transferencias de armas de fuego, incluidas las que se realizan a través de comerciantes autorizados. Sin embargo, esa preferencia puede coexistir con la autoridad de zonificación municipal.

La Sección 14-56-416 faculta a los municipios para regular dónde se pueden ubicar usos de suelo particulares, como tiendas de armas. La sección 14-54-1411 regula las condiciones que una ciudad puede imponer a la propiedad, posesión o transferencia de armas de fuego. La armonización de los estatutos da pleno efecto a cada uno de ellos: una ciudad puede designar distritos comerciales para el comercio de armas de fuego, pero no puede imponer cargas o prohibiciones sustanciales que regulen la transferencia en sí. Las acciones de la Ciudad aquí ilustran este punto.

Aunque Eureka Gun cumplió con todos los factores de la ordenanza y ocupó la única zona donde se permitía el comercio de armas de fuego, los miembros del consejo testificaron que no aprobarían una arma o una casa de empeño en ningún lugar de la ciudad. Un régimen de zonificación que elimina funcionalmente todas las transferencias de armas de fuego es, en esencia, una regulación municipal de esas transferencias y, por lo tanto, está prohibido sin autorización estatal. El tribunal de circuito desdibujó la línea entre zonificación y regulación, invocando hipotéticos “absurdos” que desaparecen una vez que los estatutos se leen en armonía. Nada en la sección 14-54-1411 despoja a los municipios del poder de zonificación; simplemente les impide regular ellos mismos las transferencias de armas de fuego.

La interpretación del tribunal de circuito, que se basó en la doctrina del absurdo para limitar un estatuto inequívoco, reescribió efectivamente la sección 14-54-1411. Interpretado correctamente, el estatuto se aplica tanto a las transacciones comerciales de armas de fuego como a las transferencias no comerciales, y opera junto (no en oposición) a la autoridad de zonificación municipal. Debido a que la Ciudad puede decidir dónde puede ocurrir el comercio de armas de fuego pero no puede decidir si puede ocurrir, el razonamiento contrario del tribunal fue legalmente incorrecto.