La Audiencia de Valencia anula la suspensión de la licencia de piso turístico

La sentencia anula parcialmente la prohibición de determinado tipo de licencias para nuevos alojamientos turísticos en la ciudad mediterránea.

Un juzgado valenciano ha anulado la prohibición de nuevas licencias de alojamiento turístico en la ciudad.

La moratoria, aprobada por unanimidad por el Ayuntamiento de Valencia en 2024, paralizó la concesión de licencias de nuevos alojamientos turísticos en la ciudad y ahora ha sido revocada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

Esto se produce después de que el tribunal estimara parcialmente un recurso administrativo interpuesto por una empresa de gestión de apartamentos, anular la suspensión de los nuevos permisos denominados de “cambio de uso” para nuevos alojamientos turísticos.

El fallo, sin embargo, confirmó la suspensión de las licencias de construcción para nuevas propiedades.

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Según los informes, el Ayuntamiento de Valencia está considerando presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo, ya que considera que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia “confirma” la medida, aunque existe una “discrepancia” en cuanto a “interpretación” más que a “fondo”.



Según fuentes municipales citadas por medios españoles, el objetivo es “defender la plena vigencia de los acuerdos plenarios y consolidar el marco normativo urbanístico turístico que esta ciudad necesita y que reclaman los vecinos”.

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La suspensión de la licencia se aprobó por primera vez en 2024 en respuesta al creciente número de pisos turísticos en la ciudad mediterránea y al posterior aumento de los precios de mercado en medio de una oferta cada vez menor.

La capital regional ha experimentado una importante inflación en el mercado inmobiliario en el período pospandemia, con los precios de compra casi se duplican y los alquileres se dispararon hasta un 75 por ciento en seis años.

El consejo ya había establecido varios límites para intentar controlar la proliferación de Airbnbs y alojamientos turísticos. El número total de plazas en alojamientos turísticos, apartamentos u hoteles no deberá exceder del 8 por ciento de la población empadronada de la ciudad; tampoco deben exceder el 2 por ciento del parque de viviendas de cada barrio; y que los pisos turísticos de planta baja deben limitarse al 15 por ciento por bloque.

El consejo también aplicó medidas enérgicas contra el alojamiento turístico ilegal o sin licencia con cierto éxito, y Cerró más de 1.000 pisos turísticos ilegales en la ciudad en 18 meses.

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Según el TSJCV, el tribunal anuló la prohibición porque hacía referencia a una disposición legal –el artículo 68.1 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje– que no permitía adoptar esa medida.

“La disposición no incluía, por tanto, en el texto original ni la suspensión de la tramitación y concesión de licencias de cambio de uso, ni la suspensión de la validez de las declaraciones de cumplimiento, que se añadieron al citado artículo 68.1 en la modificación introducida por el Decreto-Ley 7/2024”, señala la sentencia.

En pocas palabras, el consejo basó su decisión en una reforma que aún no había sido aprobada por el gobierno regional.

El tribunal sí se negó, sin embargo, a revocar la suspensión de la tramitación y concesión de permisos de construcción para nuevos usos comerciales relacionados con hoteles en la ciudad oriental.