El plan de la Agencia Tributaria española para revocar un reciente fallo judicial a favor de la cantante colombiana Shakira podría tener implicaciones para los extranjeros con altos ingresos, los nómadas digitales y los trabajadores remotos que dividen su tiempo entre España y otros países.
Si has estado al tanto de las noticias en español recientemente, sabrás que la superestrella colombiana Shakira ganó el mes pasado una larga batalla legal con la Agencia Tributaria de España que duró un total de ocho años.
Un tribunal español ordenó a las autoridades fiscales reembolsar a la estrella del pop más de 55 millones de euros por una disputa relacionada con sus pagos de impuestos en 2011.
El cantante de “Hips Don’t Lie” fue auditado para los años 2011-2014. En 2023, Shakira llegó a un acuerdo con la Agencia Tributaria para los tres últimos de esos años y reconoció su residencia en España, pagando en consecuencia, pero mantuvo que en 2011 no era residente fiscal ya que solo estuvo 143 días en el país.
Técnicamente, sólo eres residente fiscal en España si pasas más de 183 días aquí, pero hay otros factores que deciden tu residencia fiscal más allá del número de días que pasas aquí, incluido tu centro de intereses económicos y el lugar donde vive tu familia.
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La ley también establece que las “ausencias esporádicas” se computarán como vivir en España salvo que se acredite la residencia fiscal en otro país.
Esto significa que no puedes vivir en España durante 170 días, por ejemplo, y luego irte dos semanas para no cumplir la regla de los 183 días.
Shakira afirma que tenía residencia en las Bahamas, mientras que pasaba el resto del tiempo viajando en su gira internacional, pero las autoridades argumentaron que esto no demostraba una estadía genuina y efectiva en otro país.
También sostuvieron que su vida estaba en Barcelona, independientemente de dónde estuviera realmente su trabajo o sus ingresos, debido a que en ese momento mantenía una relación con el exfutbolista azulgrana Gerard Piqué.
La Agencia Tributaria había registrado que Shakira pasó 163 días en España (por debajo del umbral de 183 días) y el tribunal estuvo de acuerdo, pero dictaminó que Hacienda no había demostrado que la cantante tuviera el centro de sus intereses económicos en España.
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El Tesoro español busca ahora revocar esta sentencia. Su recurso se centrará específicamente en estas “ausencias esporádicas” y cuando un contribuyente no tiene residencia fiscal efectiva.
Como resultado, la agencia tributaria está apuntando a la definición legal de viajes intermitentes o “ausencias esporádicas” y tratando de tomar medidas drásticas contra los contribuyentes que organizan sus vidas en torno a los viajes internacionales para evitar superar el umbral de residencia de 183 días y afirmar que no son residentes fiscales aquí.
Esto podría significar que en el futuro también podrían exigir pruebas más estrictas de haber vivido en España menos de 183 días, más pruebas de dónde está su centro de intereses económicos y sus vínculos familiares establecidos, lo que podría significar que los extranjeros no residentes o aquellos que dividen su tiempo entre España y otros países tendrán que reunir muchas más pruebas.
Además, esto también podría cambiar las sentencias para personas con altos ingresos en el futuro y tener varias implicaciones en cuanto a cómo se manejan casos similares.
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La Audiencia Nacional falló a favor de Shakira para 2011 porque afirmó que en ese momento ella y su expareja Piqué no estaban casados, no tenían hijos y ella no había alcanzado el umbral de 183 días para la residencia fiscal.
Las empresas a través de las que Shakira cobró no eran españolas y los tribunales dictaminaron que ella había demostrado que durante su gira dividió esencialmente su tiempo entre varios países distintos, sin acreditar residencia fiscal en ninguno de ellos.
La sentencia reiteró que “una ausencia inherentemente prolongada y duradera, por un período superior a 183 días, no puede considerarse ocasional o esporádica”, porque aceptar lo contrario dejaría sin sentido el concepto de residencia habitual.
Alejando Del Campo, un abogado residente en Mallorca al que el Local ha entrevistado en numerosas ocasiones, dijo al periódico español Vozpópuli que la Agencia Tributaria española podría tener que “aclarar, perfeccionar, especificar o, si es necesario, corregir” la jurisprudencia sobre ausencias esporádicas al Tribunal Supremo.
En el caso de paraísos fiscales, como las Bahamas, la norma actual es que la Administración Tributaria puede exigir prueba de haber vivido allí durante al menos 183 días dentro de un año natural, no simplemente tener residencia fiscal allí y luego pasar tiempo en otros países.
Básicamente, el Tesoro quiere evitar escenarios en los que un contribuyente no pueda tener una residencia fiscal efectiva.
José María Mollinedo, secretario general del sindicato de técnicos fiscales Gestha, dijo al periódico español El País que “nadie puede ser un apátrida fiscal”.
José María Peláez, portavoz de la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado, cree que si Shakira hubiera podido manifestarse más de 183 días en otro país, el litigio con las autoridades españolas probablemente nunca se habría producido.
Shakira no es la primera extranjera con altos ingresos a la que la Agencia Tributaria le interpone denuncias.
El futbolista Lionel Messi y su padre fueron condenados en 2016 por tres cargos de fraude fiscal por evadir 4,1 millones de euros en impuestos en España, y la superestrella portuguesa Cristiano Ronaldo también llegó a un acuerdo en 2019 por 18,8 millones de euros.