LEY DE NIETOS |El Supremo decidirá si suspenderá también el voto de los hijos de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’ tras escuchar a las partes

El Tribunal Supremo ha rechazado extender la suspensión cautelar del derecho al voto a los descendientes de los nacionalizados con la ‘ley de nietos’ sin escuchar a las partes. No obstante, para tomar una decisión definitiva sobre la ampliación de la medida que adoptó en septiembre para los españoles que hubieran adquirido la nacionalidad sin certificar la condición de exiliados de sus ascendientes ha abierto un plazo de tres días para que todas las partes puedan presentar alegaciones.

La acusación que inició el procedimiento seguido en el Supremo por la inacción de la Junta Electoral Central respecto al censo de españoles residentes ausentes (CERA), el partido Iustitia Europa, solicitó al Alto Tribunal que ampliara la suspensión del voto en las próximas elecciones del 29 de noviembre a los hijos de los nacionalizados por esta vía de forma urgenteísima, tanto que ni siquiera escuchara a las partes. Su argumento pasaba porque si los padres no podían votar, tampoco deberían poder hacerlo sus hijos mayores de edad.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo considera que no se dan los requisitos para actuar con esa urgencia y para decidir sobre la propia medida ha abierto un plazo de tres días a las partes para que se pronuncien al respecto. Además de Iustitia Europa, Hazte Oír también solicitó la extensión de la medida, así que no es difícil adivinar que sus alegaciones defenderán la necesidad de suspender el voto a estas personas para preservar la “pureza” del censo electoral.

Dada la cercanía con las elecciones del 29N, la Sala Tercera ha acordado, además, en otra providencia, a la que también ha tenido acceso EL PERIÓDICO, habilitar todos los días de este mes, lo que significa que se consideran laborables tanto los fines de semana como los festivos. De esta forma, las alegaciones solicitadas deberán presentarse a principios de la próxima semana con independencia de que el lunes se celebre la festividad de Todos los Santos.

Criterio de mismo

Iustitia Europa sostiene que “el mismo criterio de prudencia, trazabilidad y pulcritud electoral” que el Supremo tuvo en cuenta para suspender el voto de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’ debe aplicarse a sus descendientes, que son “los nacionalizados del Anexo III, cuyo derecho deriva de la previa adquisición de la nacionalidad de sus progenitores”. La petición de esta acusación “persigue que esos votos puedan ser recibidos y custodiados, pero que no se incorporan al escrutinio hasta que la Administración complete la comprobación individual correspondiente” de si sus ascendentes acreditaron la condición de exiliados o se les dio por supuesta por haber salido de España entre 1936 y 1955 como permitía una instrucción del Ministerio de Justicia para agilizar los trámites.

En opinión de este partido, si “el Supremo ha considerado necesario suspender cautelarmente los efectos electorales del Anexo I mientras se comprueba su situación, debe examinarse con el mismo rigor la cadena de nacionalidad que sustenta las inscripciones del Anexo III”.

Pese a la negativa del Supremo, la acusación también se ha dirigido a la Junta Electoral Central para tratar de evitar que los hijos de los nietos puedan votar en las elecciones del 29N. En un escrito de siete páginas solicita a la Oficina de Censo Electoral, dependiente del Instituto Nacional de Estadística, que identifiquen a estas personas y mantengan suspendido su voto como el Supremo acordó respecto de sus padres en septiembre y decidió mantener el pasado día 12.

Suscríbete para seguir leyendo