El Tribunal Superior Balear ha confirmado una multa de 60,000 euros que fue entregado a un comerciante en Arenal por incumplimiento del Turismo de excesos decreto.
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El Tribunal Superior Balear ha confirmado una multa de 60,000 euros que fue entregado a un comerciante en Arenal por incumplimiento del Turismo de excesos decreto.
El decreto, que se introdujo en enero de 2020, estableció que las tiendas en los resorts a los que se refería el decreto se refería prohibido vender alcohol entre las 9.30 p.m. y las 8 a.m.. Una noche de julio de 2020, la policía de Palma descubrió que la tienda en cuestión vendía alcohol a las 12.45 p.m. La multa se impuso posteriormente.
Esto fue impugnado en los tribunales. El comerciante argumentó que la multa era inconstitucional Como violaba “el derecho al libre comercio”.
Los jueces del Tribunal Superior no estaban convencidos por este argumento: “Vemos Sin motivos para aumentar el potencial de inconstitucionalidad. Para empezar, ni siquiera indica qué preceptos constitucionales se están violando “.
El fallo continuó: “La ley del decreto cuya inconstitucionalidad se denuncia las restricciones de tiempo de bases en la venta de bebidas alcohólicas sobre los conceptos de orden público, salud pública y protección de los derechos, seguridad y salud de los consumidores. Busca evitar los degradación de estas áreas turísticas y la interrupción de la coexistencia social que causan tales comportamientos “.
El tribunal concluyó que el comerciante no había demostrado cómo eran estos límites de tiempo desproporcionado o irrazonable.