Un gobierno ESPAÑOL ha dictaminado que ES legal que los restaurantes cobren una “prima” por las mesas al sol o a la sombra, pero hay una regla importante que se debe seguir.
La Junta de Andalucía advirtió este miércoles 27 de marzo de que los restaurantes podrían ser objeto de ‘informes y sanciones’ si no siguen las normas sobre menús, precios, propinas, reservas, facturas y formas de pago.
Sin embargo, se les permite establecer diferentes precios para las mesas al sol o a la sombra, sujeto a una regla importante.
Los consumidores deben ser informados antes de realizar un pedido de que los precios son elevados en estas zonas.
Podrán hacerlo a través de su menú, lista de precios o cualquier otra forma de publicidad.
Rubén Sánchez, portavoz de la asociación de consumidores Facua, afirmó que los comercios no pueden cobrar ’10 euros más’ por una mesa en la terraza.
No obstante, los restaurantes y bares pueden “cobrar más por cada plato servido en la terraza”, siempre que así se indique claramente en la lista de precios.
Esto significa que los establecimientos no podrán cobrar más por mesas con vistas o ubicaciones específicas.
Las normas también significan que los restaurantes no pueden ofrecer menús únicamente a través de un código QR, ya que “no todo el mundo tiene un teléfono inteligente capaz de leer códigos QR”.
Sánchez también afirmó que el precio del menú también tiene que ser ‘completo’, es decir, debe incluir el IVA.
También se deberá informar a los comensales de los precios de los productos ajenos a la carta, “de forma clara y visible”.
Esto significa que informar verbalmente a un comensal sobre los precios no es suficiente y podría considerarse ilegal.
Lo mismo ocurre con cualquier alimento medido en peso.
Los restaurantes tampoco pueden cobrar ninguna tarifa por reservar una mesa.
Si lo hacen, deben eliminarlo de la factura final.
Sánchez también afirmó que no se debe obligar a los comensales a comprar agua embotellada, sino que el agua del grifo debe ser de libre acceso.
También se mencionaron las propinas, y Sánchez destacó que la decisión de dejar una propina dependía de cada cliente, lo que significa que un ‘cargo por servicio’ adicional obligatorio es ilegal.
Al igual que ocurre con los códigos QR, los comensales deben ser discriminados por falta de tecnología.
Los establecimientos no pueden obligar a los clientes a pagar únicamente con tarjeta.