Hijos e hijas italianos de América contra la ciudad de Pittsburgh, decidido ayer por el Tribunal de la Commonwealth de Pensilvania (la juez Patricia A. Mccullough, junto con los jueces Renée Cohn Jubelirer, Christine Fizzano Cannon, Ellen Ceisler, Lori A. Dumas y Stacy Wallace, y con el juez Michael H. Wojcik coincidiendo en el resultado) , revocó la decisión de un tribunal de primera instancia que aprobaba la retirada por parte de Pittsburgh de una estatua de Colón de un parque público. El tribunal de primera instancia sostuvo que la remoción no violaba la Primera Enmienda, porque los monumentos erigidos permanentemente en un parque eran «discurso del gobierno», pero el Tribunal de la Commonwealth concluyó que la remoción potencialmente violaba la ley estatal:
Aquí, en su Primera Queja Enmendada, ISDA no impugna las acciones del Alcalde Peduto o de la Comisión de Arte basándose en la Primera Enmienda; ISDA tampoco cuestiona que la ubicación de la Estatua en Schenley Park constituya un discurso gubernamental que la Ciudad puede regular, cambiar o eliminar según lo considere conveniente. Por lo tanto, ISDA no argumenta que… los principios del discurso gubernamental… sean inaplicables. Más bien, ISDA argumenta que el alcalde Peduto y la Comisión de Arte, al tomar medidas para eliminar el Estatuto, no cumplieron con las disposiciones aplicables de la Carta y el Código, violaron los derechos de ISDA al debido proceso, violaron principios de confianza pública e incumplieron un contrato celebrado. entre la Ciudad y el supuesto predecesor de ISDA, los Hijos de Colón.
Al emitir su decisión, el tribunal de primera instancia no hizo ninguna determinación de hecho y no se pronunció sobre ninguna de las objeciones preliminares expresamente alegadas por los apelados, incluida la objeción a la posición de ISDA. En cambio, el tribunal de primera instancia concluyó en términos generales que, debido a que el Estatuto constituye un discurso gubernamental, ISDA no puede, como cuestión de derecho, presentar un reclamo viable porque la Ciudad es libre de hacer con el Estatuto lo que le plazca, independientemente de cualquier decisión local o estatal. legislación u otras restricciones en contrario… [on the view that] «Las ordenanzas locales y las leyes estatales no pueden usarse para restringir los derechos de expresión del futuro gobierno». ….
[But a]Aunque un gobierno generalmente puede determinar las opiniones que defenderá mediante su propio discurso, no puede hacerlo en violación de las «leyes, regulaciones o prácticas» aplicables. … El hecho de que… los monumentos o las obras de arte constituyan «discurso del gobierno» sólo protege al gobierno de ciertos desafíos de la Primera Enmienda. Como concluyó el tribunal de primera instancia, no da al gobierno «rienda suelta» para actuar como le plazca desafiando la ley…
El tribunal de primera instancia a continuación no emitió ninguna conclusión ni dictamen sobre si las acciones de los apelados al intentar retirar la estatua de Schenley Park violaron la Carta, el Código o la Ordenanza. En cambio, desestimó las reclamaciones de ISDA basándose en que tales irregularidades procesales no importaban a la luz de suma. Además, el tribunal de primera instancia se negó a emitir conclusiones o fallos sobre si los procedimientos administrativos de la Comisión de Arte eran constitucionalmente adecuados o si ISDA estaba legitimado para presentar esta demanda en primer lugar. En cambio, el tribunal de primera instancia calificó las reclamaciones de ISDA como «argumentos procesales en el mejor de los casos» y no las analizó. El tribunal de primera instancia explicó además que, incluso si ISDA tiene razón y los apelados violaron la Carta, el Código y/o la Ordenanza al buscar la eliminación del Estatuto, la administración del nuevo alcalde aún es libre de cumplir, si así lo desea. Identificación. En cualquier caso, según el tribunal de primera instancia, los reclamos de ISDA contra los apelados ahora son discutibles, y a la administración del nuevo alcalde se le ha concedido efectivamente una «renovación».
[W]Simplemente no podemos estar de acuerdo con las conclusiones del tribunal de primera instancia de que (1) el estatus del Estatuto como discurso del gobierno convierte las acciones de los apelados en per se válido, y (2) los reclamos de ISDA son objeciones procesales irrelevantes ahora discutidas por la capacidad del nuevo alcalde de cumplir con la ley si así lo decide…. En consecuencia, revocamos la orden del tribunal de primera instancia que desestima la Primera Demanda Enmendada con base en la doctrina de discurso del gobierno y remitimos para una mayor investigación y decisión, según corresponda, sobre las restantes objeciones preliminares de los apelados.
No obstante, el tribunal confirmó la decisión del juez de primera instancia de no recusarse:
[In one of the hearings]y en dependencia parcial del libro de James W. Loewen Mentiras que me dijo mi maestroel juez del tribunal de primera instancia discutió extensamente sus puntos de vista sobre, Entre otroshistoriografía, libertad de expresión, Cristóbal Colón, el Sur posterior a la Guerra Civil y el papel de la Ciudad como líder de la nación en el tema de la remoción de estatuas….
{Específicamente, el tribunal de primera instancia explicó:
A menudo se dice que la historia la escriben los «ganadores».[,»] y nuestra comprensión de ella como nación tiende a evolucionar con el tiempo a medida que la investigación revela nuevas interpretaciones y nuestras normas culturales cambian. Sin duda, la historia tal como se la enseña a la mayoría en los Estados Unidos ha sido desde una perspectiva nacionalista y [E]Perspectiva urocéntrica. Ciertamente, nuestra comprensión nacional de la historia está evolucionando hoy, como lo demuestra el movimiento de remoción de estatuas que se está produciendo en todo Estados Unidos con respecto a los generales confederados y de la Unión. [p]residentes, exploradores como Cristóbal Colón, líderes civiles y aquí en Pittsburgh, íconos culturales del pasado como el compositor Stephen Foster. Mi padre, profesor de historia en una escuela secundaria y lector de historia de toda la vida, me enseñó a una edad temprana que el nombramiento de general confederado[ ] estatuas en el Jim Crow [S]La juventud fue parte de la respuesta de «Causa Perdida» a los esfuerzos de Reconstrucción y, a menudo, [was] concebido como [a] símbolo de la supremacía blanca, mientras que la puesta en marcha de bases militares por parte del gobierno federal [ ] y los acorazados que conmemoraban la Confederación y la colocación de figuras confederadas en los pasillos del Congreso fueron, al menos para algunos,[ ] motivado por la intención de sanar la nación. Recientemente, en julio [ ] En 2020, el Congreso votó para eliminar esas mismas figuras de la Cámara de Representantes, ya que nuestra comprensión de la historia ha evolucionado y las estatuas ya no se consideran apropiadas en nuestra nación contemporánea, que intenta solucionar el problema de la división racial, que en última instancia se agravó por el asesinato de George Floyd. en Mineápolis.
Abierto[-]La mentalidad como comunidad requiere que nos escuchemos unos a otros y sopesemos las preocupaciones expresadas colectivamente con la sincera intención de tratar de comprender todos los lados de un problema. También debemos ser conscientes de que la libertad de expresión puede ser un arma de doble filo. El destino de la estatua de Cristóbal Colón debe determinarse después de que todas las preocupaciones se hayan expresado y escuchado plenamente con la intención de llegar a un terreno común que refleje a Pittsburgh y su orgullo de ser una comunidad diversa y acogedora. Sin embargo, esto debe hacerse reconociendo lo bueno y lo malo que conllevan las estatuas que representan personajes históricos. Si bien reconocemos que las figuras históricas son personas y necesariamente tienen cualidades heroicas junto con defectos de carácter, nuestra ciudad siempre debe condenar y rechazar el racismo, la esclavitud y los prejuicios. La discriminación ha existido y sigue existiendo. Desafortunadamente, los pueblos indígenas y los inmigrantes que les siguieron han compartido esa experiencia, [ ] que debería [not] ser aceptable para una comunidad que lucha por mejorar. Con este entendimiento común, pido que nos esforcemos por alcanzar un consenso de buena fe. Creo que a través de la conciliación, Pittsburgh liderará a la nación en este tema de la remoción de estatuas en relación con la historia y la evolución del entendimiento histórico de la comunidad.}…
Existe la presunción de que los jueces del Commonwealth son «honorables, justos y competentes» y, cuando se enfrentan a una solicitud de recusación, son competentes para determinar si pueden fallar «de manera imparcial, libre de prejuicios personales o interés en el resultado». Nuestra Corte Suprema también ha reconocido que,
[w]Si bien la mediación de los tribunales se basa en el principio de imparcialidad judicial, desinterés y equidad que impregna todo el sistema judicial, de modo que los tribunales puedan estar lo más libres posible de sospechas, hay, por otro lado, una cuestión importante en juego. : es decir, que las causas no pueden verse injustamente perjudicadas, indebidamente demoradas o crear descontento mediante acusaciones infundadas de prejuicio o injusticia formuladas contra el juez en el juicio de una causa…. Si el juez considera que puede conocer y resolver el caso de manera justa y sin prejuicios, su decisión será definitiva a menos que exista un abuso de discreción. Esto debe ser así para la seguridad de los magistrados y la exitosa administración de justicia. De lo contrario, las acusaciones infundadas y a menudo maliciosas formuladas durante el juicio por abogados audaces y sin escrúpulos podrían ser fatales para una causa, o el litigio podría retrasarse injusta e indebidamente en espera de la decisión de dicha cuestión o de la asignación de otro juez para juzgar el caso. Si se tolera a la ligera, se podría recurrir a esa práctica, tendiendo así a desacreditar el sistema judicial. Sólo se pone en duda la conciencia del juez; debe, en la medida de lo posible, evitar cualquier sentimiento de injusticia u hostilidad hacia los litigantes en un caso.
Aquí, ISDA argumenta que el juez del tribunal de primera instancia debería haberse abstenido de presidir este caso porque el extenso comentario en la… Orden creó una apariencia de imparcialidad, parcialidad e incorrección. Más específicamente, ISDA sostiene que las interpretaciones del juez de primera instancia sobre la carrera docente de su padre, la Causa Perdida de la Confederación, el Sur de Jim Crow, la discriminación étnica y el futuro ejemplar de la Ciudad como líder de la nación en la remoción de estatuas inyectaron cuestiones extrañas e irrelevantes en una demanda que involucra reclamos sencillos que afirman que los apelados no cumplieron con la Carta, el Código y la Ordenanza. Por lo tanto, ISDA argumenta que el tribunal de primera instancia abusó de su discreción al denegar la moción de recusación.
En general, estamos de acuerdo con ISDA en que el comentario personal en la Orden del tribunal de primera instancia del 30 de octubre de 2020 es irrelevante y superfluo y no informa el análisis legal de los reclamos planteados en la Primera Demanda Enmendada.
Sin embargo, no podemos concluir que la denegación de la moción de recusación por parte del tribunal de primera instancia constituyó un claro abuso de discreción. En la medida en que ISDA afirma que la naturaleza personal y la irrelevancia del comentario indican parcialidad, es la misma irrelevancia de la mayor parte de la orden del tribunal de primera instancia lo que requiere una confirmación sobre esta cuestión. Las cuestiones en este caso se centran en el estado legislativo de la Ordenanza, los procedimientos en la Carta y el Código, si los hubiera, que son aplicables a la remoción de monumentos públicos, y la capacidad de ISDA para presentar esta demanda. El tribunal de primera instancia aún no se ha pronunciado sobre ninguna de esas cuestiones.
Las opiniones personales que el juez del tribunal de primera instancia ha expresado sobre temas irrelevantes para su resolución no constituyen en sí mismas evidencia de que, en cuanto a la disposición de los asuntos reales en cuestión, será parcial, parcial o injusto en un grado que suscite dudas sustanciales. a su capacidad para presidir imparcialmente. Sin tales pruebas, debemos remitirnos a la propia autoevaluación del juez de primera instancia de que él puede, y confiamos en que lo hará, presidir la resolución de este asunto de manera imparcial y juiciosa. En consecuencia, afirmamos la denegación del recurso de recusación….