[1.] Eugene Volokh (Volokh), profesor de derecho emérito que escribe un blog jurídico alojado en Reason Magazine, ha solicitado intervenir en este caso y hacer públicos dos documentos de la denuncia presentada recientemente…
Según la denuncia, Mastriano es un coronel retirado del ejército de Estados Unidos, doctor en historia militar por la Universidad de New Brunswick (Canadá) en 2013, ex profesor de la Escuela Superior de Guerra del Ejército, autor de libros publicados sobre el sargento Alvin York y el conflicto de la Primera Guerra Mundial en Francia, y orador público sobre historia militar. Afirma que también es senador estatal por el distrito 33 de la Mancomunidad de Pensilvania. Fue el candidato republicano a gobernador de Pensilvania en 2022 y, al menos según su versión, era considerado el favorito para el escaño del Senado de los Estados Unidos por Pensilvania en 2024.
En su denuncia, Mastriano alega, entre otras cosas, reclamos de crimen organizado civil, violaciones a las leyes antimonopolio, fraude y difamación contra la Universidad de Nuevo Brunswick (UNB), el presidente, vicepresidente, decano de estudios de posgrado y varios profesores, docentes o instructores de historia de la UNB, el Consejo Nacional de Investigación de Canadá y su oficial de investigación, miembros de una comisión investigadora encargada de examinar el trabajo de doctorado de Mastriano y un estudiante de posgrado y candidato a doctorado de la Universidad de Oklahoma.
Mastriano alega específicamente que el estudiante de posgrado, James Gregory III, hizo declaraciones fraudulentas a la prensa sobre los libros y la tesis doctoral de Mastriano y presentó denuncias fraudulentas ante la UNB con el fin de desacreditar su tesis doctoral, cancelar sus libros y cancelar su autoridad histórica en el campo de la historia de la Primera Guerra Mundial. Mastriano también alega específicamente que los profesores, la facultad o los instructores de la UNB firmaron y emitieron públicamente una carta difamando a Mastriano, privándolo de su interés de propiedad intangible en su doctorado, libros y conferencias e interfiriendo con su cargo electo y sus candidaturas.
El anexo n.º 2 de la denuncia de Mastriano es un artículo redactado de Insider Higher Ed escrito por Katherine Knott en 2022. Se refiere a las críticas a Mastriano, que en ese momento se postulaba para gobernador de Pensilvania. El anexo se menciona con respecto a las acusaciones de declaraciones fraudulentas hechas por Gregory a la prensa. El anexo n.º 4 de la denuncia es la carta firmada y emitida públicamente por profesores, docentes o instructores de la UNB que, según Mastriano, lo difamaban. Se hace referencia específica a ella en los párrafos 17, 24, 34 y 125 de la denuncia. A pedido de Mastriano, el anexo n.º 4 se presentó bajo secreto.
Volokh busca intervenir de conformidad con la Regla 24(b), Fed. R. Civ. P., con el propósito de revelar los anexos 2 y 4. Según Volokh, él “quiere escribir sobre este caso y necesita acceso al expediente completo para entender mejor las acusaciones del demandante sobre difamación, fraude, violaciones de las leyes antimonopolio y crimen organizado”.
[2.] En primer lugar, el tribunal considera que Volokh tiene legitimación activa en virtud del artículo III para intervenir en este caso. Para establecer la legitimación activa en virtud del artículo III, Volokh tiene la carga de demostrar que (1) “[he] ha sufrido un ‘perjuicio de hecho’ que es (a) concreto y particularizado y (b) real o inminente, no conjetural o hipotético;” (2) “el perjuicio es bastante atribuible a la acción impugnada de [Mastriano];” y (3) “es probable, en lugar de meramente especulativo, que el daño será reparado por una decisión favorable”. Volokh ha satisfecho claramente los tres requisitos previos.
El tribunal considera que Volokh ha sufrido un perjuicio de hecho. Utilizando un lenguaje cada vez más inequívoco, el Décimo Circuito ha reconocido un derecho de acceso a los documentos judiciales en virtud del derecho consuetudinario. El perjuicio es concreto y particularizado, real e inminente porque
Si no fuera porque las pruebas fueron redactadas o selladas en este caso, Volokh sería libre de escribir y publicar sobre las pruebas en su blog.
Mastriano sugiere que Volokh no tiene una lesión en realidad porque está tratando de promover los intereses económicos de su empleador, la Universidad de Stanford, y su blog, Reason Magazine. Afirma que Volokh no ha testificado bajo juramento que esté tratando de intervenir.por sí mismo.“En respuesta, Volokh presentó una declaración en la que afirma que presentó su solicitud de intervención en su propio nombre y no en nombre de la Universidad de Stanford o de la revista Reason. También presentó la solicitud por iniciativa propia y no por orden de ninguna organización. El tribunal está convencido de que Volokh presentó esta solicitud en su propio nombre.
Mastriano también sugiere que Volokh no tiene un perjuicio de hecho porque no ha demostrado ningún “derecho” inhibido. Señala que Volokh ha admitido en su moción que el artículo no redactado de la prueba nº 2 es de dominio público y que puede encontrarlo en línea. También señala que la denuncia indica que la UNB publicó la carta, prueba nº 4, en línea. Además, Mastriano afirma que Volokh busca acceso a los registros judiciales para protegerse, sin duda, de una demanda por difamación basada en el privilegio de informe justo de Oklahoma. Mastriano sostiene que no se debe permitir a Volokh hacer un uso indebido de la ley de Oklahoma para evitar un caso de difamación.
El tribunal rechaza los argumentos de Mastriano. Aunque Volokh puede encontrar el artículo y la carta en Internet, no hay garantía, como explicó Volokh, de que el artículo y la carta que pueda encontrar en Internet sean los mismos en los que Mastriano se basa para sustentar sus afirmaciones. El tribunal está de acuerdo en que Volokh, al escribir sobre este caso, debería tener permitido saber exactamente qué declaraciones forman la base de las afirmaciones de Mastriano. En opinión del tribunal, Volokh ha demostrado que el derecho de acceso a los registros judiciales en derecho consuetudinario se ve afectado debido al artículo censurado y la carta sellada.
Además, suponiendo, sin decidir, que Volokh estaría protegido por el privilegio de informe imparcial de Oklahoma si difundiera lo que figura en los anexos 2 y 4 en su blog, el tribunal no está convencido de que ese hecho impida una conclusión de que Volokh no tiene un perjuicio de hecho. Mastriano no ha citado ninguna autoridad que sustente esa posición.
A continuación, el tribunal considera que la lesión de Volokh, de hecho, es bastante atribuible a Mastriano porque redactó el anexo n.° 2 y solicitó y obtuvo una orden para sellar el anexo n.° 4.
Por último, el tribunal considera que es probable que el daño sufrido por Volokh se repare mediante una decisión favorable porque si el tribunal exige una copia sin redactar del anexo n.° 2 y revela el anexo n.° 4, Volokh tendrá acceso a los documentos para publicarlos en su blog.
[3.] A continuación, tras la revisión (y teniendo en cuenta que la intervención permisiva es una cuestión que queda dentro de la sana discreción del tribunal), el tribunal concluye que se debe permitir a Volokh intervenir en este caso… El Décimo Circuito ha explicado que “[w]Cuando un litigante colateral busca una intervención permisiva únicamente para obtener acceso al descubrimiento sujeto a una orden de protección, no es necesario que exista un nexo particularmente fuerte de hecho o de derecho entre las dos demandas”. Los tribunales de este distrito han aplicado el mismo principio a las mociones de terceros para intervenir con el fin de revelar documentos judiciales. El tribunal concluye que Volokh ha demostrado suficientemente una cuestión común de derecho o de hecho en relación con la acción subyacente.
El tribunal también considera que la intervención de Volokh no retrasará ni perjudicará indebidamente la adjudicación de los derechos de las partes originales. Este caso está en sus primeras etapas. Y si bien Mastriano tuvo que responder a la moción de Volokh mientras también preparaba una respuesta a una moción de desestimación presentada por la UNB y sus administradores y miembros del personal, el tribunal no puede concluir que los derechos de adjudicación de Mastriano se hayan visto perjudicados de alguna manera. Mastriano solicitó y recibió una prórroga del plazo para responder a la moción de desestimación.
Además, el tribunal concluye que los mayores costos de litigio de Mastriano al oponerse a la moción de Volokh no justifican la denegación de la intervención de Volokh para revelar los anexos 2 y 4. El tribunal no está convencido de que los honorarios incurridos para responder a la moción de Volokh resulten en que se le impida a Mastriano procesar su caso.
[4.] Aunque el derecho consuetudinario al acceso a los documentos judiciales no es absoluto, existe una “fuerte presunción a favor del acceso público”…
Aunque Mastriano ha argumentado que las pruebas contienen “declaraciones altamente difamatorias” y que ha identificado en su denuncia y moción para sellar “pérdidas masivas de ingresos pasados, presentes y futuros, incluyendo una oportunidad cinematográfica lucrativa por un valor de al menos 10 millones de dólares, y sus intereses de propiedad en las ventas de sus libros, sus giras de conferencias y su carrera y título académico”, el tribunal concluye que Mastriano no ha satisfecho su pesada carga de demostrar un interés significativo o sustancial que supere la fuerte presunción a favor del acceso público.
En primer lugar, como revelan las alegaciones de la demanda, las pruebas son fundamentales para la resolución de algunas de las reclamaciones de Mastriano, que Volokh tiene interés en difundir al público en su blog. De hecho, sería difícil imaginar de qué manera se podría resolver esta acción en función de sus méritos jurídicos y fácticos (que es precisamente lo que Mastriano pide al tribunal) sin una exposición exhaustiva de la mayoría, si no de todos, los asuntos que Mastriano pretende mantener fuera del registro público. Y Mastriano no ha demostrado que las declaraciones en cuestión incluyan información que es de naturaleza altamente sensible y personal para él.[T]“La mera presencia de declaraciones supuestamente difamatorias no es suficiente, por sí sola, para justificar que se mantengan los asuntos en secreto ante el público”.
Además, como ha indicado Mastriano, las pruebas ya se han difundido públicamente. Aunque no está claro si las pruebas en cuestión son en todos los aspectos idénticas a los materiales que se han difundido públicamente (que es una de las razones por las que Volokh pretende revelar las pruebas), el hecho de que Mastriano admita que la información de esas pruebas ya se ha hecho accesible al público respalda la conclusión de que Mastriano no ha cumplido con la pesada carga de demostrar un interés significativo o sustancial que supere la fuerte presunción a favor del acceso público a las pruebas…