EL Gobierno español ha reconocido su incapacidad para aplicar plenamente la Ley de Bienestar Animal que entrará en vigor el 29 de septiembre.
Se implementará seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y según lo dispuesto en dicho texto legal, oficialmente denominado Ley 7/2023, de 28 de marzo, se Diseñado para proteger los derechos y el bienestar de los animales..
Una circular fue distribuida a todos los colegios de abogados de España, el jueves 14, por la Dirección General de Derechos de los Animales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2023.
En el documento admitía que algunos aspectos del texto ‘en la pureza de los términos legales no son efectivamente aplicables hasta que no se presente el desarrollo reglamentario de dichos preceptos, de conformidad con lo dispuesto en los mismos’, según lasprovincias.es.
El Gobierno recibió ‘varias consultas’ de dueños de mascotas confundidos
Se dice que el Gobierno tomó esta medida después de acusar recibo de “varias consultas” de dueños de mascotas confundidos y preocupados.
Según confirma Amparo Requena, vicepresidenta de la Sección de Derecho Animal del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV), hubo tres aspectos la nueva ley pendiente de regulación específica.
Éstas incluyen:
• La exigencia de un seguro de responsabilidad civil ante terceros que deben contratar los propietarios de perros.
• Cursos de formación para dueños de perros.
• La identificación específica de los animales incluidos en la ‘lista positiva’, distintos de las especies de perros, gatos y hurones.
Según la nota informativa difundida por el ministerio, todo lo anterior será de aplicación una vez entre en vigor el citado desarrollo normativo.
¿Cuando será eso?
Un Ejecutivo en funciones, como el actual, no puede legislar, por lo que hasta que no se elija un nuevo presidente del Gobierno y se forme un gabinete ministerial no se elaborará ni aprobará.
También existe la posibilidad de que un nuevo partido político llegue al poder, en cuyo caso todo el desarrollo legislativo podría cambiar.
Según recoge la circular, los puntos de la Ley de Bienestar Animal que no se aplicarán por el momento son:
Seguro de responsabilidad.
El Ley de Bienestar Animal requiere que los dueños de perros contraten y mantengan seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
La futura normativa debería determinar, entre otras cosas, el tipo de cobertura necesaria por tipo de perro. En el caso de los perros potencialmente peligrosos (PPP), ya existe una norma específica, de 2002 -y que sigue vigente- que exige que la cobertura mínima sea de 120.000 euros.
En este caso, el ministerio aconseja a los propietarios que estudien las normativas regionales y locales, que en algunos casos ya lo exigen.
Cursos de formación.
También es necesario regularizar los cursos de adiestramiento para tener un perro, lo único que se sabe de momento es que serán gratuitos y tendrán una vigencia indefinida.
Se pretende, según la legislación estatal,: ‘Facilitar una correcta tenencia responsable del animal, muchas veces condicionada por la ausencia de conocimientos en el manejo, cuidado y tenencia’.
Listado positivo.
Esto se aplica a la identificación de especies silvestres como aves, reptiles, mamíferos, anfibios y peces que estén incluidos en la lista positiva que se aplicará. Éstas incluyen todos los animales que se pueden tener en casa excepto perros, gatos y hurones.
También se debe regular el comité científico y técnico encargado de resolver, excluir o incluir animales en la lista.
Esta nueva ley da a la Administración un plazo de dos años para elaborar la lista. Las especies que no están incluidas no se pueden tener en casa.
Si una persona tiene un animal que no está incluido en la lista, deberá notificarlo a la autoridad competente en el plazo de seis meses. Por el momento, nada de esto será efectivo.
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