El martes, la Corte de Apelaciones de EE.UU. para el Circuito de DC otorgada a petición de nueva audiencia en pleno en Poner fin a Citizens United PAC contra la Comisión Federal Electoralpara considerar si las decisiones de la FEC de negarse a tomar medidas de cumplimiento están sujetas a revisión judicial por ser “contrarias a la ley”. Esto podría producir un resultado significativo para la aplicación de la ley electoral federal y tal vez para la revisión judicial de la discreción de aplicación del poder ejecutivo en términos más amplios.
En enero, un panel dividido del circuito DC concluyó que la Ley Federal de Campaña Electoral no crea una causa de acción para impugnar el ejercicio de la discreción de aplicación por parte de la FEC. El juez Rao escribió para el tribunal, acompañado por el juez Katsas. El juez Pillard no estuvo de acuerdo. De la opinión del juez Rao:
FECA permite que un tribunal “declare que el despido de [a] denuncia… es contraria a la ley”. 52 USC § 30109(a)(8)(C). Según nuestros precedentes, un despido es “contrario a la ley” si “(1) la FEC desestimó la denuncia como resultado de una infracción inadmisible interpretación de [FECA] … o (2) si la desestimación de la denuncia por parte de la FEC, según una interpretación permisible del estatuto, fue arbitraria o caprichosa, o un abuso de discreción.” Orloski contra FEC795 F.2d 156, 161 (DC Cir. 1986). En la medida en que revisamos los despidos por arbitrariedad, nuestra revisión es “[h]”Muy deferente”, “presume la validez de la acción de la agencia[,] y permite la revocación sólo si la decisión de la agencia no está respaldada por evidencia sustancial, o si la agencia ha cometido un claro error de juicio”. Hagelin contra FEC411 F.3d 237, 242 (DC Cir. 2005) (limpiado); acuerdo Campaña Legal Ctr. & Democracia 21 v. FEC952 F.3d 352, 357 (DC Cir. 2020) (por curiam).
La revisión contraria a la ley de la FECA no elimina la discreción procesal de la Comisión. “[T]él [Administrative Procedure Act] y de larga data… los precedentes arraigados en la separación de poderes de la Constitución reconocen que las decisiones de ejecución normalmente no están sujetas a revisión judicial”. Nuevos modelos993 F.3d a 888; ver también chaney470 EE. UU. en 831–32. Y “[t]La Corte Suprema en Akins reconoció que la Comisión, al igual que otras agencias ejecutivas, conserva discreción procesal”. Ciudadanos por Resp. y ética en Washington contra FEC475 F.3d 337, 340 (DC Cir. 2007) (citando FEC v. Akins, 524 US 11, 25 (1998)). De ello se deduce que el “ejercicio de su discreción procesal por parte de la Comisión no puede estar sujeto a escrutinio judicial”. Vamos por la esperanza892 F.3d en 439. Además, recientemente reiteramos que un despido de la Comisión no es revisable si “se convierte en[s] en su totalidad o en parte a la discreción de aplicación.” Nuevos modelos993 F.3d en 894. Un despido es revisable “sólo si la decisión se basa únicamente en una interpretación legal”. Identificación. en 884; . . .
La desestimación de la primera denuncia por parte de la Comisión es un ejercicio no revisable de su discreción procesal. Como admite End Citizens United, los comisionados controladores invocaron expresamente su discreción procesal al desestimar la denuncia. Citaron repetidamente a Chaney, discutieron el tiempo y los gastos que implicaría una investigación y mencionaron la “importante acumulación de casos atrasados” de la Comisión. Declaración de motivos en 2, 10. Priorizar casos particulares y considerar tiempo y recursos limitados son elementos por excelencia de la discreción procesal. Cuando la destitución de la Comisión Décima se basa, incluso en parte, en la discreción del fiscal, no está sujeta a revisión judicial. Nuevos modelos993 F.3d en 884, 893–95; ver también Comm’n on Hope892 F.3d en 439. . . .
Quizás animado por la disidencia del juez Pillard (y la composición ideológica del circuito de DC), Camapign Legal Center Action presentó una petición para una nueva audiencia en pleno en nombre del PAC End Citizens United. La concesión de su petición sugiere que una mayoría del tribunal cree que la jurisprudencia del Circuito de DC aísla excesivamente las decisiones de no aplicación de la FEC de la revisión judicial. Si tuviera que hacer una predicción, el tribunal en pleno revocaría el panel, pero puede que ese no sea el final de la historia.
El orden La concesión de una nueva audiencia en pleno también amplió las cuestiones ante el tribunal. Específicamente el pedido incluía lo siguiente:
Además de las cuestiones planteadas en la petición de nueva audiencia en pleno, las partes deben abordar en sus escritos si Orloski contra FEC sostuvo correctamente que una decisión de la FEC puede ser “contraria a la ley” según 52 USC § 30109(a)(8)(C) “si la desestimación de la denuncia por parte de la FEC… fue arbitraria o caprichosa, o un abuso de discreción”. 795 F.2d 156, 161 (DC Cir. 1986).
Dudo que la adición de esta pregunta tenga mucho efecto en la decisión del tribunal en pleno, ya que sospecho que la mayoría del Circuito DC se siente cómoda con Orloski y en qué medida facilita la revisión judicial de algunas decisiones de la FEC para desestimar quejas. La jueza Rao, por otra parte, parece tener algunas dudas (como lo indica la nota 3 a pie de página de su opinión, a la que se responde en la nota 2 a pie de página de la disidencia). Pero en la medida en que Orloski está sobre la mesa, ¿podría eso establecer una revisión más amplia de la revisión judicial de la FEC (si no de las agencias federales en general) por parte de la Corte Suprema? Esta es una posibilidad que vale la pena observar.