Prof. Michael McConnell en las demandas de tarifas

El profesor Michael McConnell de la Stanford Law School, un destacado erudito de derecho constitucional (y ex juez del décimo circuito), aprobó esto, y estoy encantado de poder publicarlo:

Al momento de escribir este artículo, se han presentado siete demandas desafiando la legalidad de la imposición unilateral de tarifas del presidente Trump. La sesión informativa es más lejos en Vos Selections, Inc. v. Trumppendiente en el Tribunal de Comercio Internacional. Ese tribunal ha programado una audiencia para el 13 de mayo sobre todas las mociones pendientes, incluida una moción para una orden judicial preliminar. Las apelaciones del Tribunal de Comercio Internacional van al Circuito Federal. Podría decirse que, de todos los casos que desafían las acciones de la administración de Trump, los casos arancelarios tienen la mayor consecuencia para la economía nacional, así como para la división de autoridad entre el Congreso y el Ejecutivo.

Ambas partes están de acuerdo en que el presidente no tiene una autoridad constitucional inherente para establecer aranceles. El poder del presidente Trump, si existe, debe provenir del estatuto. El gobierno se basa en la Ley Internacional de Poderes Económicos de Emergencia de 1977 (IEEPA). IEEPA le da al presidente poder para tomar ciertas medidas tras la declaración de emergencia. El estatuto no contiene ninguna referencia a un poder para imponer, recaudar, retirar o alterar tarifas o cualquier otro impuesto. Hasta el presidente Trump, ningún presidente afirmó un poder arancelario bajo IEEPA. En cambio, IEEPA siempre se ha utilizado para imponer sanciones económicas no arancelarias, como la congelación de los activos. Sin embargo, el gobierno sostiene que la frase legal para “regular … importaciones” es lo suficientemente amplia como para incluir el poder de establecer aranceles.

Pensé que sería útil resumir rápidamente los argumentos en ambos lados (tenga en cuenta que soy firmante para un breve apoyando a los retadores). Reducido a sus elementos esenciales, el argumento del gobierno sobre los méritos es el siguiente:

  1. Los aranceles son un instrumento importante para la realización de asuntos exteriores, que se encuentra directamente en el dominio de la autoridad presidencial. Por lo tanto, las delegaciones de poder en esta área deben leerse ampliamente.
  2. IEEPA es un estatuto sucesor del comercio con la Ley enemiga (TWEA), aprobada durante la Primera Guerra Mundial, lo que le da al presidente el poder de “regular … importaciones” de ciertos países.
  3. En 1971, el presidente Richard Nixon declaró un recargo arancelario del 10% bajo la autoridad de TWEA. El propósito del recargo era reducir el equilibrio de déficit comercial. El recargo fue temporal, y duró menos de cinco meses.
  4. Aunque el Tribunal de Aduanas sostuvo que el recargo arancelario de Nixon no estaba autorizado por TWEA, el Tribunal de Aduanas y Apelaciones de Patentes (el Tribunal de Predecesor del Circuito Federal) revirtió, sosteniendo que el poder de “regular … las importaciones” es “amplia” y suficiente base para la Orden de Nixon.. Estados Unidos v. Yoshida International, Inc.526 F.2d 560 (Cust. Ct. 1975).
  5. Dos años después, el Congreso derogó el TWEA, reemplazándolo con Ieepa. El nuevo estatuto contiene el mismo idioma, “regular … importaciones”, que el Yoshida El tribunal mantuvo autorizados los recargos arancelarios de Nixon.
  6. Por lo tanto, IEEPA debe interpretarse como autorizar la imposición de los aranceles del presidente Trump.

Retadores al mostrador de poder arancelario:

  1. Los aranceles son impuestos, y el poder fiscal está reservado a la rama legislativa. El Congreso no delega la discreción sobre los impuestos a la ligera, o por implicación silenciosa. Como asunto textual, el poder de regular no subsume el poder de gravar. El Congreso puede usar su poder fiscal plenario para lograr fines regulatorios, pero lo contrario no sigue. IEEPA no menciona las tarifas, ni ninguna otra potencia de impuestos, y no deben leerse en el estatuto, que se centra en un conjunto diferente de autoridades.
  2. El argumento del gobierno basado en la imposición de Richard Nixon de un recargo arancelario del 10% bajo el TWEA está al revés. Ningún presidente hasta que Nixon interpretó al TWEA como el poder delegante de la tarifa, y cuando Nixon lo hizo en 1971, más de 50 años después de la promulgación del TWEA, esta oposición despertó en el Congreso y los tribunales. El Tribunal de Aduanas dictaminó que los recargos arancelarios eran ilegales. Si bien esa decisión estaba en apelación, el Congreso promulgó la Ley de Comercio de 1974, que otorgó a la autoridad Ejecutiva Express (por primera vez) a “proclamar un aumento o la imposición de cualquier deber en el artículo importado” en respuesta a los desequilibrios comerciales, pero sujeto a limitas estrictas, procesales y temporales. La Ley limitó los recargos arancelarios al 15%, los limitó a 150 días en ausencia de “autorización afirmativa” por parte del Congreso, y requirió hallazgos específicos de prácticas comerciales injustas por parte de las naciones sujetas a los recargos. Los aranceles de Trump no satisfacen esos límites, y el gobierno no afirma que lo hacen.
  3. Solo después de que se aprobó la Ley de Comercio, el Tribunal de Aduanas y las apelaciones de patentes sostuvieron que el recargo arancelario de Nixon estaba autorizado bajo el TWEA. Basando su decisión sobre la lógica del marco de tres partes del juez Jackson para el análisis de la separación de poderes en Jovenel Tribunal concluyó que la orden presidencial era legal “en ausencia de cualquier estatuto ‘que proporcione procedimientos’ para tratar una emergencia nacional que involucra un problema de balanza de pagos como la que existía en 1971”. Yoshida Int’l, Inc. v. Estados Unidos526 F.2d 560, 574-75 (CCPA 1975). Una vez que el Congreso promulgó una ley “que proporcionó procedimientos prescritos por el Congreso para el logro del mismo propósito que buscaba ser alcanzado por la proclamación presidencial,” sería esa ley, no la autoridad general de TWEA, que gobernaría. Identificación. El efecto fue aprobar la orden de Nixon retrospectivamente, al tiempo que negaba al ejecutivo cualquier poder para aumentar los aranceles unilateralmente en el futuro sin seguir los procedimientos de la Ley de Comercio.
  4. El Congreso luego promulgó Ieepa, sin mencionar los aranceles. En ese momento, el Yoshida El tribunal había sostenido que la legislación (como la Ley de Comercio) establece “procedimientos específicos” para la imposición de aranceles desplazaría más autoridad general bajo el TWEA. Eso habría sido el entendimiento del Congreso cuando promulgó IEEPA.
  5. Lejos de recrear a las autoridades relevantes del TWEA interpretada por el presidente Nixon para permitir aumentos de tarifas, el informe del comité de la Cámara explica que IEEPA fue diseñado para proporcionar “un nuevo conjunto de autoridades para su uso en tiempo de emergencia nacional que son ambos más limitados en alcance que los de [TWEA] y sujeto a diversas limitaciones de procedimiento. “RRHH Rep. No. 95-459, en 2 (1977) (énfasis agregado). El informe también expresó la opinión del Congreso de que el presidente Nixon había usado el TWEA para fines” que no se contemplarían en tiempos normales “. Identificación. a los 5. El gobierno se equivoca al afirmar que Ieepa reafirma el poder que el Congreso había criticado y tratado de limitar.
  6. La interpretación del gobierno de IEEPA viola tres principios importantes de interpretación legal. Primero, si se acepta la interpretación de IEEPA por parte del gobierno, derogaría implícitamente las limitaciones en la autoridad de tarifas presidenciales que acababan de ser promulgadas en la Ley de Comercio de 1974. Las derogaciones por implicación están desfavorecidas. En segundo lugar, en asuntos de vastas consecuencias políticas y económicas, la Corte Suprema insiste en declaraciones claras de autoridad legislativa antes de permitir que la rama ejecutiva actúe. IEEPA no contiene una declaración tan clara. Tercero, si se interpreta para dar al presidente carta blanca Para establecer aranceles cada vez que declara una emergencia, el estatuto violaría la doctrina de la no lagación por falta de cualquier “principio inteligible”. JW Hampton, Jr. & Co. v. Estados Unidos276 US 394 (1928) (defender una delegación expresa de autoridad de establecimiento de tarifas solo porque estaba gobernada por un “principio inteligible” y confinado a límites estrechos).
  7. El reclamo del presidente Trump de “emergencia” es refutado por sus propias declaraciones de que sus aranceles son necesarios para remediar el desequilibrio comercial de larga data y aumentar los ingresos.

Los lectores sacarán sus propias conclusiones, por supuesto. Pero creo que existe una probabilidad sustancial de que el Tribunal de Comercio Internacional mantenga ilegal los aranceles de Trump.