Del asunto de la solicitud de orden ex parte para autorizar la divulgación de declaraciones de impuestos (NDNY), decidido ayer por la jueza Lorna Schofield (SDNY, en ejercicio por designación):
El 2 de octubre de 2025, la Fiscalía Federal para el Distrito Norte de Nueva York (el “Gobierno”) solicitó una orden judicial que ordenaba al Servicio de Impuestos Internos revelar información de la declaración de impuestos (la “Solicitud”). John A. Sarcone III autorizó la Solicitud como Fiscal Federal Interino para el Distrito Norte de Nueva York (“NDNY”). Esta solicitud invoca 26 USC § 6103(i)(1)(A)(i), un estatuto que permite dicha divulgación. [including disclosure within the Executive Branch] sólo bajo condiciones específicas y limitadas. Una condición crítica es que sólo ciertos funcionarios designados estén autorizados a realizar la solicitud: el Fiscal General, el Fiscal General Adjunto, el Fiscal General Adjunto, los Fiscales Generales Adjuntos, los Fiscales Federales y otros funcionarios que no son relevantes aquí.
La Solicitud se rechaza porque el Sr. Sarcone no se desempeñaba legalmente como Fiscal Federal interino y, por lo tanto, carecía de autoridad para autorizar la Solicitud. [For more details, see this opinion from Judge Schofield, also handed down yesterday, and this story from CBS News (Jacob Rosen). -EV]
También se deniega la petición del Gobierno de sellar este asunto. Los intereses públicos sustanciales implicados por cuestiones sobre el alcance adecuado del poder Ejecutivo y los límites legales al acceso a la información fiscal justifican la divulgación pública. Si bien este caso, y con él, esta decisión, ya no están sellados, la Solicitud subyacente y sus materiales de respaldo permanecerán sellados, al menos mientras la investigación permanezca activa, para proteger los intereses de las fuerzas del orden y los intereses de privacidad del contribuyente, incluida la confidencialidad de la identidad del contribuyente y otra información confidencial revelada en la Solicitud….
Las solicitudes bajo § 6103(i)(1) son por naturaleza ex parte (presentadas sin previo aviso al contribuyente u otras partes interesadas), pero los tribunales aún deben decidir si dichas solicitudes permanecen selladas. “El derecho de acceso público a los documentos judiciales del derecho consuetudinario está firmemente arraigado en la historia de nuestra nación… [but] no es absoluto.” Los tribunales aplican una investigación de tres partes para determinar si los asuntos deben permanecer sellados y en qué medida.
Primero, los tribunales determinan si el material relevante es un “documento judicial”, lo que significa que el documento es “relevante para el desempeño de la función judicial y útil en… el ejercicio del poder de un tribunal federal conforme al Artículo III de la Constitución”. De ser así, los tribunales determinan a continuación el peso de la presunción de acceso público basándose en “el papel del material en cuestión en el ejercicio del poder judicial del Artículo III” y el “valor de dicha información para quienes supervisan los tribunales federales”. Finalmente, los tribunales equilibran esa presunción con cualquier interés compensatorio, incluido “el peligro de perjudicar la aplicación de la ley o la eficiencia judicial y los intereses de privacidad de quienes se resisten a la divulgación”. …
La autoridad del Sr. Sarcone como Fiscal Federal interino es una cuestión de interés público sustancial que justifica abrir esta decisión y este procedimiento, aunque la Solicitud en sí y los anexos que la acompañan permanecerán sellados.
La Solicitud funciona como expediente operativo en esta materia y por lo tanto califica como documento judicial. El acceso público a los documentos judiciales es “esencial” para la rendición de cuentas democrática y la confianza pública en el poder judicial. Un “monitoreo profesional y público” significativo de los tribunales depende del acceso a los materiales en los que se basan los tribunales para ejercer su autoridad. Debido a que la Solicitud es un documento judicial, comienza con una fuerte presunción de acceso público.
En este caso, la presunción de acceso público es particularmente fuerte dada la naturaleza de la Solicitud y el tema presentado. La divulgación de la información del contribuyente para una investigación penal depende de si un funcionario debidamente facultado conforme a la § 6103(i)(1) ha autorizado la Solicitud. Esa cuestión de umbral se resuelve con referencia a una decisión anterior que sostiene que el Sr. Sarcone se desempeñaba ilegalmente como Fiscal Federal interino. Debido a que este fallo se refiere a si el Gobierno puede vulnerar la confidencialidad de información tributaria sensible—y porque implica el cumplimiento de los límites legales al ejercicio de los poderes del Fiscal Federal—el valor del acceso público a esta decisión es sustancial. Éstas son razones de peso que respaldan la divulgación pública de este asunto.
A pesar de la fuerte presunción de acceso público, este procedimiento también implica importantes intereses compensatorios. “El proceso de solicitud ex parte… facilita el importante interés policial de permitir que el Gobierno lleve a cabo investigaciones sin notificar a los acusados potenciales o acusados”. Ese interés se intensifica cuando la investigación pertinente continúa en curso. En consecuencia, los tribunales de este Circuito abren las solicitudes conforme a la § 6103(i)(1) después de completar la investigación o el juicio subyacente. Por lo tanto, evaluar el sellado en el contexto de una investigación activa requiere un enfoque más personalizado.
El sellado también está garantizado para proteger los intereses de privacidad del contribuyente. Una solicitud bajo § 6103(i)(1) generalmente identifica al contribuyente y describe la información de declaración buscada y la base de investigación para obtenerla. Por lo tanto, la divulgación revelaría que un contribuyente en particular está bajo investigación penal y podría exponer información confidencial. Esos daños son más graves mientras la investigación está en curso, pero persisten incluso después de que concluye, especialmente si termina sin cargos penales.
Abrir este procedimiento y esta decisión, manteniendo la Solicitud bajo sello, logra el equilibrio apropiado. Este enfoque permite el acceso público a información sobre las salvaguardias que el Congreso incluye en el [relevant statutes] y las consecuencias de eludirlos: información de valor sustancial para quienes supervisan los tribunales federales. Al mismo tiempo, este resultado protege los intereses de las fuerzas del orden al preservar la confidencialidad de la Solicitud y los detalles de la investigación que contiene….