CASO KOLSO | Koldo García incrementa su desafío al tribunal que le va a juzgar en 21 días: Es “absurdo su razonamiento”

“Atropello procesal”, “corporativismo”, “errónea incompatibilidad”, “contradictorio con su propia doctrina”, rayar en “el absurdo”. Estos son algunos de los calificativos que la defensa de Koldo García dedica al tribunal que le empezará a juzgar en exactamente 20 días, a partir del próximo 7 de abril, por la compra de mascarillas por organismos dependientes de Transportes durante la pandemia. El tono de la defensa del exasesor se muestra más desafiante hacia el Tribunal Supremo a medida que se acerca la vista oral, que trata de anular o cuando menos retrasar por todos los medios.

Su último intento se ha materializado a través de un incidente de nulidad, que es imprescindible para poder acudir al Tribunal Constitucional, en defensa de los derechos que consideran le han sido vulnerados, sobre todo, el de defensa. No obstante, la corte de garantías suele ser muy reticente a admitir siquiera un trámite asuntos que no han terminado todo su desarrollo en la jurisdicción ordinaria, cuyo cúspide es el propio Tribunal Supremo.

En su escrito, la abogada del exasesor del exministro José Luis Ábalos, Leticia de la Hoz, afirma que “no es admisible la comparación” que utiliza el Tribunal Supremo para rechazar su alegación de que necesita que le sean devueltos todos los dispositivos intervenidos a Koldo para poder defenderse adecuadamente de las acusaciones que se formulan en su contra. Afirma que se trata de “un razonamiento” que raya en “lo absurdo”, porque “mientras que en las técnicas investigativas las fuentes confidenciales provienen de la unidad accionante, en este caso, los dispositivos provienen de los propios investigados, y no se trata más que puedan acceder a los mismos para poder contrastar si las deducciones, que no hechos, que hacen los agentes se corresponden o no con la realidad”.

defensa a ciegas

En su opinión, “la Sala y el instructor han denegado sistemáticamente este acceso argumentando la ‘ingente cantidad’ de información (más de 10 terabytes), la extraordinaria magnitud de la causa y el riesgo de afectar a terceros, exigiendo un ‘expurgo’ previo”. La defensa explica que debe oponerse “con contundencia” a esa alegación, porque, por mucho que lo diga el Supremo, “el volumen de los datos no es un criterio jurídico válido para restringir derechos fundamentales” y “la técnica forense actual permite la clonación sectorizada” garantizaría “la trazabilidad y la preservación del original”.

Pero su denegación, sostiene, les “aboca a ejercer una ‘defensa a ciegas'”, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ya ha declarado en varias sentencias que impedir ese acceso al material probatorio supone una vulneración del artículo 6.3.b del Convenio Europeo de Derechos Humanos y del 7.2 de la directiva que garantiza el acceso de la defensa a la “totalidad de las pruebas materiales”.

“No podemos tolerar que la ‘verdad judicial’ se construya basándose únicamente en la selección sesgada e interesada de mensajes realizados por la Unidad Central Operativa (UCO), sin permitir a la defensa ejercer la contradicción técnica en igualdad de armas”, lamenta el incidente de nulidad, con el que se trata de retrotraer las actuaciones hasta el auto en el que se solicitó la práctica de todas las pruebas que planteaban en la vista de cuestiones preliminares que se llevó a cabo el pasado 12 de febrero en el alto tribunal.

La defensa de Koldo también se muestra muy crítica con la doble situación procesal en la que se encuentra el coimputado Víctor de Aldama, ya que comparte con ellos el banquillo de los acusados, pero a la vez les acusa. “Permitir que la acusación y un coimputado fragüen acuerdos a nuestras espaldas, prometiendo beneficios penales a cambio de incriminar a mi mandante, desequilibra el proceso por completo”, denuncia la abogada Leticia de la Hoz.

“Con este pacto clandestino se fabrica inadvertidamente una ‘verdad de artificio’ y nos obliga a entrar al juicio en una posición de absoluta inferioridad, destruyendo el principio de igualdad de armas inherente al artículo 6.3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos”, argumenta el escrito, que considera que el “pacto opaco y clandestino alcanzado con la acusación” solo obedece a la obtención de “beneficios penales y penitenciarios” por parte del comisionista Víctor de Aldama, que se enfrenta a una petición fiscal de 7 años de cárcel, mientras que la de Koldo es de 19 años y medio y la de José Luis Ábalos, de 24.

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