El Supremo rechaza el recurso con el que Sandro Rosell pedía elevar su indemnización por el tiempo que estuvo preso para acabar siendo absuelto

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha rechazado sin siquiera admitir a trámite el recurso de casación con el que el expresidente del Fútbol Club Barcelona Sandro Rosell trataba de elevar la indemnización con la que la Audiencia Nacional le resarció por los casi dos años que estuvo en prisión preventiva por unos hechos de los que terminaron siendo absuelto. El empresario solicitó una indemnización de 29,7 millones de euros frente a los 232.500 euros que le concedió la Audiencia.

El Supremo inadmite su recurso contra la sentencia que le indemnizó por los 645 días que pasó en prisión provisional, entre mayo de 2017 y febrero de 2019, por “falta de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia”. El empresario catalán calculaba que su indemnización debía ser muy superior a la concedida por los perjuicios causados ​​por la prisión provisional, tanto morales como económicos derivados de la obligación de abandonar sus negocios durante ese tiempo, los gastos que le supuso su defensa legal y los costes de los desplazamientos de sus familiares a la cárcel, en Madrid, para visitarlo.

La Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal afirma que la impugnación rechazada “cuestiona la valoración probatoria efectuada por el tribunal de instancia, pretendiendo realmente la obtención de un pronunciamiento ad casum, esto es, sobre la cuestión de fondo del pleito en un sentido diferente al acordado por la Sala, lo cual resulta incompatible con el sistema casacional vigente de vocación marcada nomofiláctica (de protección de la norma uniforme jurídica) y de generación de jurisprudencia uniforme”.

Asimismo, destaca que la sentencia de la Audiencia Nacional no contiene, ni la parte lo justifica, el apartamiento deliberado de la jurisprudencia existente que alega. La Audiencia Nacional dio en parte la razón a Rosell frente a la negativa del entonces Ministerio de Justicia a recibir una indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado por errores de la justicia.

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