De Hill contra la Universidad DePaul.que fue decidido en septiembre por la Corte de Apelaciones de Illinois (el juez Martin, junto con los jueces Rochford y Hoffman), pero que me perdí en ese momento:
Jason Hill es profesor titular de filosofía en la Universidad DePaul de Chicago. El profesor Hill escribió un artículo, que describe como un “artículo de opinión”, que apareció en la publicación en línea. El federalista en abril de 2019 titulado “El argumento moral a favor de la anexión de Cisjordania por parte de Israel y más allá”. El artículo señalaba que Benjamín Netanyahu había sido elegido recientemente para un quinto mandato como primer ministro israelí, después de haber hecho campaña con la promesa de “anexionar asentamientos judíos en los territorios palestinos ocupados”. El profesor Hill escribió que la victoria electoral “con suerte, verá la puesta en práctica de la promesa de Netanyahu”. Continuó argumentando que “Israel tiene el derecho moral de anexarse toda Cisjordania por una gran cantidad de razones”. El artículo contiene los siguientes subtítulos: (1) “El error de Israel fue permitir la simulación palestina”, (2) “La Autoridad Palestina es un gobierno terrible”, (3) “Israel tiene todo el derecho a derrotar a los terroristas” y (4) “Por qué los palestinos no tienen autoridad moral”. Entre las opiniones del profesor Hill, escribió:
“No todas las culturas son realmente iguales. Algunas son abismalmente inferiores y regresivas *** se puede y se debe esgrimir un argumento sólido para despojar a los palestinos de su derecho al voto, punto *** Constituyen una amenaza a la seguridad nacional de Israel porque un núcleo Una característica de su identidad es el compromiso de destruir a Israel como Estado judío. Sólo una política de contención o expulsión radical sigue siendo una opción viable”.
Una nota impresa debajo del artículo decía: “Jason D. Hill es profesor distinguido de filosofía en la Universidad DePaul en Chicago”.
Dos semanas después de la publicación del artículo del profesor Hill, el Dr. Paeth [President of DePaul’s Faculty Council] redactó una resolución titulada “Resolución del Consejo de la Facultad sobre libertad y responsabilidad académica”, que contenía declaraciones críticas del artículo del profesor Hill y al mismo tiempo reconocía la libertad académica del profesor Hill para publicarlo. Una copia del proyecto de resolución apareció mediante hipervínculo junto con un artículo en el periódico estudiantil en línea de DePaul. La DePaulia el 30 de abril de 2019. Al día siguiente, el Dr. Paeth presentó la resolución al Consejo de la Facultad para su consideración. Luego de la discusión, el Consejo de la Facultad votó 21 a 10 para aprobar la resolución con enmiendas que eliminaron parte del lenguaje del borrador original. Un artículo sobre la resolución aprobada apareció en La DePaulia el 6 de mayo de 2019. El artículo proporcionaba un enlace al proyecto de resolución original que no reflejaba las enmiendas aprobadas por el Consejo de Facultad.
El preámbulo de la resolución afirma que el artículo del profesor Hill (1) “tergiversa la historia del conflicto palestino-israelí”, (2) “distorsiona los hechos sobre el estado actual de las relaciones palestino-israelíes”, (3) “promueve el racismo hacia árabes en general y palestinos en particular”, y (4) “defiende los crímenes de guerra y la limpieza étnica contra las poblaciones palestinas de Cisjordania y la Franja de Gaza”. Continúa afirmando que el Consejo de la Facultad “afirma el derecho del Profesor Hill a publicar y expresar sus opiniones de conformidad con el Manual de la Facultad, la AAUP [American Association of University Professors] Declaración sobre la libertad y la titularidad académicas y los principios rectores del habla y la expresión” y “afirma que el artículo del profesor Hill no se preocupa adecuadamente por la precisión, la moderación o el respeto por las opiniones de los demás, según las directrices de la AAUP”. continúa, afirmando que el Consejo:
“condena en los términos más enérgicos posibles tanto el tono como el contenido del artículo del Profesor Hill, y afirma las afirmaciones de que expresa posiciones objetivamente inexactas, defiende crímenes de guerra y limpieza étnica y da voz al racismo con respecto a las poblaciones palestinas del Cisjordania y la Franja de Gaza, así como a los árabes en general”.
Finalmente, la resolución concluye que el Consejo de Facultad:
“insta al Profesor Hill a reconsiderar seriamente sus posiciones sobre estos temas, a tomar en cuenta las perspectivas de otros académicos sobre estos temas, así como el daño real que sus palabras han causado a los estudiantes y otros miembros de nuestra comunidad, y a abstenerse de abusar su libertad como académico para escribir sobre temas controvertidos en el futuro”.
Unas semanas más tarde, el rector Ghanem envió un correo electrónico a toda la comunidad de DePaul con el asunto: “Un mensaje del rector en funciones sobre la libertad de expresión y los valores vicencianos”. En parte, el mensaje decía:
“Si bien me entristece profundamente que el profesor Hill haya utilizado su derecho a la libertad académica y de expresión para menospreciar a un grupo sobre otro, lo que provocó que algunos miembros de nuestra comunidad se sintieran no bienvenidos e inseguros, estoy muy impresionado por la forma en que los miembros de la comunidad DePaul hicieron sus voces son escuchadas.”
Hill presentó una demanda, pero el tribunal concluyó que sus afirmaciones carecían de fundamento legal. Rechazó la afirmación de Hill de que las acciones de DePaul violaron las promesas hechas en su Manual de la Facultad (ver el opinión por eso), y rechazó las afirmaciones de Hill de que las declaraciones que lo condenaban eran difamatorias.
los cinco [allegedly defamatory] Las declaraciones fueron que el artículo del profesor Hill: (1) “no ejerció la preocupación adecuada por la precisión, la moderación o el respeto por las opiniones de los demás, según las pautas de la AAUP”, (2) “representa un abuso de [Professor Hill’s] libertad académica” y expresa posiciones que (3) “son objetivamente inexactas”, (4) “defienden crímenes de guerra y limpieza étnica” y (5) “dan voz al racismo”.
[W]Consideramos que las supuestas declaraciones difamatorias de la resolución son puras expresiones de opinión, no procesables. En la medida en que las declaraciones se referían a la conducta, las calificaciones o el carácter del profesor Hill, la resolución establecía la base fáctica de las opiniones que expresaba: la existencia y el contenido del artículo del profesor Hill… [And] Las opiniones de la resolución sobre el artículo son valorativas. Es decir, expresan un juicio de valor del artículo del profesor Hill…. Las opiniones valorativas no son recurribles ya que, por definición, dichas declaraciones se basan en hechos revelados, es decirel producto del trabajo evaluado.
Al igual que una reseña de una película o un libro, uno puede juzgar el mérito de la evaluación o formarse su propia opinión sobre el producto del trabajo simplemente viéndolo de forma independiente. Ésta es la consecuencia natural de publicar una obra para el consumo público. Es de esperarse una evaluación, positiva o negativa. Así como la primera enmienda protegió la libertad del profesor Hill de publicar su “artículo de opinión”, también protege las críticas receptivas como las declaraciones de la resolución…
Además, el contexto influye en la conclusión de que las declaraciones de la resolución no son procesables. La resolución es fundamentalmente la crítica de un académico o grupo de académicos a las opiniones expresadas en el trabajo de otro académico sobre un tema controvertido. “[I]Está bien establecido en Illinois que las evaluaciones y decisiones académicas no están sujetas a revisión judicial”. Algunos tribunales y comentaristas han sugerido que los tribunales no deberían ser los árbitros del debate académico. Más bien, “[m]Más artículos, más discusión, mejores datos y modelos más satisfactorios (no mayores indemnizaciones por daños y perjuicios) marcan el camino hacia una comprensión superior del mundo que nos rodea”.
Y el tribunal rechaza el reclamo de discriminación de Hill:
El profesor Hill se describe a sí mismo como “un hombre de tez oscura, de ascendencia afrocaribeña”, de origen jamaicano y homosexual. El profesor Hill alegó que otros miembros de la facultad de DePaul, ninguno de los cuales compartía la raza, el origen nacional o la orientación sexual del profesor Hill, habían hecho declaraciones “generadoras de controversia” sobre el conflicto palestino-israelí, pero no estaban sujetas a una resolución del Consejo de la Facultad, como él era. Además, afirmó que el personal docente de DePaul orquestó una protesta estudiantil contra él, y DePaul permitió que se creara un tablero de anuncios digital en el que se acumulaban publicaciones peyorativas que disuadían a los estudiantes de inscribirse en sus cursos. Así, el profesor Hill alegó que DePaul lo discriminó por motivos de raza, color, etnia y orientación sexual….
Para calificar como una acción laboral adversa [under federal antidiscrimination law]la acción debe ser “tangible” o “material”. Una “acción laboral tangible” connota un “cambio significativo en la situación laboral, como contratación, despido, no promoción, reasignación con responsabilidades significativamente diferentes o una decisión que cause un cambio significativo en los beneficios”. Las acciones laborales “materialmente adversas” también pueden incluir “una degradación evidenciada por una disminución del sueldo o salario, un título menos distinguido… u otros índices… exclusivos de una situación particular”. “‘[N]”No todo lo que hace infeliz a un empleado es una acción adversa procesable”.
En el escrito inicial del profesor Hill, afirma que interpuso una acción laboral adversa citando “numerosos casos de pérdida de salario”. Sin embargo, no cita ninguna parte de la denuncia en apoyo de ella. Hasta donde podemos deducir, las únicas alegaciones de la demanda que podrían interpretarse como una reclamación de pérdida salarial es que “[t]”La oportunidad para que el Dr. Hill obtenga ascensos, con aumentos salariales concomitantes, se ha reducido”. En su escrito de respuesta, el Profesor Hill sostiene que la aprobación de la resolución por parte del Consejo de la Facultad fue en sí misma una acción laboral adversa.
Encontramos que el Profesor Hill no alegó haber sufrido una acción laboral adversa. Como se reconoció en el argumento oral, el profesor Hill sigue siendo profesor titular en DePaul. No fue despedido. No fue suspendido. No fue degradado ni reasignado. Y su salario no fue reducido. El profesor Hill no ha alegado ninguna pérdida tangible, sólo una especulación amorfa de que sus perspectivas han disminuido.
Observamos que el profesor Hill caracteriza la resolución del Consejo de Facultad como una censura y DePaul cuestiona esa caracterización. No necesitamos resolver la cuestión, pero tengamos en cuenta que incluso si consideráramos la resolución como una censura, encontraríamos que una censura por sí sola no es una acción laboral materialmente adversa. “[W]aquí un empleado censurado conserva su trabajo y no sufre ninguna pérdida de salario o rango, cualquier supuesto daño a su estatura o perspectivas de ingresos es puramente especulativo.”