La Orden Ejecutiva de Ciudadanía por Derecho de Nacimiento

Mucho se ha escrito sobre el ejecutivo del presidente Trump orden sobre la ciudadanía por nacimiento. Agregaré algunas ideas aquí.

Primeroesta orden no vinculó la negación de la ciudadanía por nacimiento a la orden de invasión. Más bien, es mucho más amplio. Un niño nacido de una madre que no está presente legalmente, o una madre que sólo está presente legalmente por un período temporal, no sería ciudadano por nacimiento. Esta posición puede perfeccionarse en el inevitable litigio.

Segundola orden sólo se aplica de forma prospectiva a los niños nacidos 30 días después de la emisión de la orden. Pero si esta orden tiene éxito, no hay nada que impida que esta política se aplique retroactivamente. Trump no tendría que desnaturalizar a la gente. Sería suficiente negarles la documentación de ciudadanía.

Tercerola orden simplemente retiene la emisión de ciertos documentos de identidad:

Es política de los Estados Unidos que ningún departamento o agencia del gobierno de los Estados Unidos emitirá documentos que reconozcan la ciudadanía estadounidense, ni aceptará documentos emitidos por gobiernos o autoridades estatales, locales u otros que pretendan reconocer la ciudadanía estadounidense. . . .

Este orden recuerda Zivotofsky contra Kerry (2015). El acuerdo del juez Thomas concluyó que el Presidente tiene un “poder residual en asuntos exteriores” para regular los pasaportes, pero no tiene ese poder sobre los “informes consulares de nacimiento en el extranjero”. Quizás uno de los ejercicios más significativos de este poder fue cuando la Administración Lincoln pasaportes emitidos a los afroamericanos, a pesar de que Dred Scott dictaminó que esas personas podrían nunca convertirse en ciudadanos. Recuerde, Lincoln no desafió a Dred Scott; simplemente limitó ese fallo a las partes mencionadas. Si Thomas tiene razón, entonces el Congreso no tiene poder alguno sobre los pasaportes. ¿Argumentaría Trump que el poder residual del presidente en asuntos exteriores sobre los pasaportes le otorga alguna autoridad especial para interpretar la Sección 1 de la 14ª Enmienda? Puede que haya algo más aquí. Necesito pensarlo un poco más.

Por el contrario, en Zivotofskyla disidencia del juez Scalia rechazó el análisis de Thomas.

La interpretación tacaña que hace la concurrencia de los poderes enumerados olvida que la Constitución no “participa de la prolijidad de un código legal”, que “sólo sus grandes líneas generales [are] marcado, sus objetos importantes designados y los ingredientes menores que componen esos objetos [left to] deducirse de la naturaleza de los objetos mismos.” McCulloch, 4 Wheat., en 407. En otras palabras, olvida “que lo que estamos exponiendo es una constitución”. Ibid.

Este es uno de los raros casos en los que Scalia y Thomas discrepan, y de manera vigorosa, sobre una cuestión originalista.

La ACLU desafiado esta orden de ciudadanía por nacimiento en New Hampshire. Y dos docenas de estados azulesliderado por Nueva Jersey, presentó una demanda en Massachusetts. Supongo que se determinó que el Primer Circuito tendría jurisdicción sobre este reclamo. Eso tiene sentido, ya que el Primer Circuito se ha pronunciado sobre el estatus de Puerto Rico, que es adyacente a los casos insulares. Probablemente exista algún precedente favorable al respecto.

Vi cómo Trump firmó esta orden. No parecía particularmente seguro de ganar este caso, a diferencia de algunas de sus otras acciones. Es casi seguro que la Corte fallará en contra de Trump. Pero en el proceso, ¿nos dice John Roberts qué significa realmente “sujeto a su jurisdicción”? ¿Son sólo los hijos de los diplomáticos los que están excluidos? ¿Quién más no está cubierto? Puede estar seguro de que Trump responderá en consecuencia. De hecho, tal vez ese sea el objetivo de trazar las categorías de manera tan amplia. Cualquier margen de maniobra que deje la Corte será modificado.