La condena a 24 años y tres meses impuesta a José Luis Ábalos por delitos de organización criminal, varios cohechos, malversación de caudales público y tráfico de influencias descansan en una decena de hechos probados destacados por el Tribunal Supremo en la sentencia de 224 páginas dada a conocer este lunes, que también contiene penas de 19 años, ocho meses y un día impuestas al que fuera su asesor ministerial Koldo García.
En el caso del comisionista Víctor de Aldama, que participó en hasta cinco de los delitos descritos en la sentencia, se le condena a 4 años y medio, pero no entrará en prisión al aplicarle la atenuante de muy cualificada por colaborar en el esclarecimiento de los hechos. Los diez hechos probados descritos en la sentencia son los siguientes.
Ábalos fue nombrado ministro un año después de alcanzar la Secretaría de Organización del PSOE en 2017. Conoció a quien acabaría siendo su hombre de total confianza Koldo García durante los viajes realizados para promocionar la candidatura de Pedro Sánchez a liderar el PSOE en 2017, ya Aldama en el último trimestre de 2018, en el marco de un viaje oficial a México.
“En el desarrollo de estas relaciones personales, los acusados vieron la oportunidad de obtener un beneficio económico común”, describe la sentencia. El ministro aportaba la autoridad que le confería ser ministro y ‘número tres’ del PSOE, Koldo actuaba en su nombre y Aldama localizaba empresas para, siempre “articulando sus intereses”, hacerlos a cambio de la correspondiente prestación económica.
Además, Ábalos y Koldo ofrecieron al comisionista una interlocución privilegiada en con otros departamentos ministeriales y con otras Administraciones Públicas (Baleares y Canarias). La prueba que valida este relato descansa en el testimonio de Aldama, corroborado por los informes de la UCO y las declaraciones de exdirectivos imputados en la causa que aún sigue en el Supremo, como el que fuera secretario general de Puertos Álvaro Sánchez Manzanares o la expresidenta de ADIF Isabel Pardo de Vera.
Archivo – El empresario Víctor de Aldama (i) y el exministro José Luis Ábalos (d) en el banquillo de los acusados durante el juicio por el ‘caso mascarillas’ en el Tribunal Supremo, a 7 de abril de 2026, en Madrid (España). / Piscina
Para compensar al responsable político ya su ‘escudero’ se fijó que la entrega sería de un abono mensual y por importación de 10.000 euros, por parte de Víctor de Aldama, que cumplió con el acuerdo desde octubre de 2019 hasta el mes de junio de 2022. La prueba clave es la intervención de una hoja encontrada en el teléfono de uno de los socios del comisionista, César Moreno.
En este capítulo la sentencia también sitúa la importación del alquiler de la vivienda ocupada por Jésica Rodríguez, por entonces pareja de José Luis Ábalos, en un edificio de lujo en la Plaza de España en Madrid. La renta alcanzaba los 2.700 euros mensuales, que el entorno del comisionista abonó desde el mes de marzo de 2019 hasta septiembre de 2021, junto a las subidas anuales, alcanzando un total de 82.298 euros.
En este capítulo de pagos incluye la sentencia el contrato de arrendamiento, con opción de compra, de un piso propiedad de Aldama situado en el Paseo de la Castellana a favor de Ábalos, fijándose una renta anual de 30.000 euros y como precio de adquisición 750.000 euros, para el caso de ejercer la opción de compra. Ábalos no utilizó el inmueble ni, en consecuencia, satisfizo renta alguna, pues nunca fue esa la pretensión de los contratantes. En cuanto al precio de compra conveniente era este muy inferior al real del mercado.
Sobre el contrato de mascarillas que da nombre a la causa, la Sala considera probado que Víctor de Aldama canalizó las comisiones percibidas en las operaciones para compra de material por Puertos del Estado y Adif a través de las sociedades Deluxe Fortune, SL y MTM 180 Capital, SL, de las que es socio y administrador único, por una importación total por todas ellas, de 6.676.046 euros.
Ábalos y Koldo, sobre una previsión inicial de compras de mascarillas por parte de la empresa adjudicataria –Soluciones de gestión– de sesenta millones de euros, le solicitaron, con cargo a sus comisiones 2 millones y 500,00 euros, respectivamente; cifras que Víctor de Aldama incluyó en sus previsiones de gastos. La documentación administrativa, los correos electrónicos y las conversaciones encontradas en los teléfonos móviles incautados han sido claves para fundamentar este tráfico de influencias y cohecho.
La Ex Miss Asturias, Claudia Montes, a su llegada al Tribunal Supremo, a 8 de abril de 2026, en Madrid (España). /Alberto Ortega
Igualmente, la sentencia considera probada que Ábalos y Koldo promovieron la contratación en la empresa pública Logirail de Claudia Montes, que había conocido al entonces ministro en una mitin del PSOE que se celebró en Gijón en el mes de mayo de 2019, y con el que inició una relación personal. Koldo García llegó a remitir su currículum al entonces presidente de Renfe.
Montes fue inicialmente ubicada en unas dependencias que provocaron su descontento y tomó la decisión de dejar de acudir a su puesto de trabajo, para valerse del hilo permanente de relación que mantenía con los condenados para cerrar el expediente disciplinario. José Ángel Méndez, gerente de Logirail en Asturias fue cesado de su puesto directivo, sin que nadie le explicara las razones de su cese.
La sentencia acusa a Ábalos de desplegar toda su influencia para que su pareja entonces Jessica Rodríguez fuera contratada por Ineco y luego en Tragsatec sin que tuviera que desempeñar, como contraprestación, ninguna actividad laboral. Koldo García fue el encargado de crear las condiciones que le permitieran no ir a trabajar y ordenar los controles laborales que se pudieran adoptar por los responsables de las empresas contratantes. Recibió un total de 34.450 euros de Ineco, y de Tragsatec llegó a cobrar 9.500 euros.
Víctor de Aldama asesoraba a la compañía Air Europa, de la que era gerente Javier Hidalgo. Como consecuencia de la crisis económica derivada de la pandemia COVID-19, se analizó la conveniencia de un rescate económico de la compañía. Ábalos interesó, a través de Koldo García, que el Ministerio de Transportes emitiera una nota de prensa, en la que, de alguna manera, se anticipara la concesión del rescate, lo que se obtuvo el 6 de agosto de 2020. En compensación, se alquiló una vivienda vacacional para Ábalos y su familia, Villa Parra, que disfrutaron sin pagar nada del 14 al 23 de agosto de 2020.
El exdirector ejecutivo de Globalia y Air Europa, Francisco Javier Hidalgo Gutiérrez, durante una comparecencia ante la Comisión de Investigación de las deficiencias y presuntas irregularidades en la gestión de la SEPI. / Alejandro Martínez Vélez
Uno de los hechos que no consideran probados por el Tribunal Supremo pasó por las gestiones de Aldama ante Koldo García para que se concediera una licencia de mayorista en el sector de hidrocarburos a la empresa Villafuel. No consta que realicen gestiones en el ministerio competente para la concesión de la licencia, que era el de Transición Ecológica, sino quizás por error ante Industria.
Parte de la prueba se sustentaba en las manifestaciones de la empresaria Carmen Pano –que afirmó haber llevado 90.000 euros en efectivo a Ferraz– y su hija, y las acusaciones vinculaban estas gestiones al pago de un chalet en La Alcaidesa (Cádiz). Sin embargo, el Supremo considera que en este caso los hechos son atípicos porque no se puede concluir que se desplegarán influencia sobre quienes tenían poder de decisión.
Pese lo anterior, la sentencia sí considera probada que Aldama había comprometido ese chalet para uso y disfrute de José Luis Ábalos. Para poder realizar la operación inmobiliaria, el arrendamiento con opción de compra diseñado, era precisa la previa adquisición del inmueble y para ello contó con la hija de Pano, Leonor María González Pano, como administradora de Have Got Time SL, pactándose un precio de compra de 585.000 euros. José Luis Ábalos satisfizo la cantidad de 7.500 euros en concepto de fianza equivalente a dos meses y un mes de alquiler, no abonando alguna cantidad con posterioridad.
También se condena por la emisión por parte del gabinete del ministro José Luis Ábalos certificados de movilidad durante el estado de alarma declarado por el COVID-19. La secretaría personal de Ábalos “con el conocimiento y consentimiento de este” estampó, con el sello del Ministerio, y emitió determinados certificados de movilidad siguiendo las instrucciones de Víctor de Aldama.
Finalmente, la sentencia constata que el comisionista logró que Koldo García, con el conocimiento de Ábalos, utilizara sus contactos para que el primero de ellos se reuniera con Carlos Moreno Medina, quien, en ese momento y desde junio de 2018, era jefa de gabinete de la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero.
La reunión, que efectivamente se llevó a término en junio de 2020, tenía por objeto procurar el aplazamiento de una deuda tributaria de una de las empresas de Víctor de Aldama, Pilot Real State. Carlos Moreno, sin competencias directas sobre esta cuestión, trasladó la petición al asesor del gabinete de la ministra, Ignacio Granado, inspector de Hacienda. Sin embargo, no llegó a producirse aplazamiento de deuda alguna de esta sociedad.
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