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Agradezco a Steve por su aclaración a continuación sobre su teoría de por qué Trump podría tener una defensa de la Primera Enmienda en el caso de Nueva York. Según tengo entendido, el argumento de Steve puede entenderse como relacionado con la frase «otro delito» en la Ley Penal de Nueva York 17.50:

Una persona es culpable de falsificación de registros comerciales en primer grado cuando comete el delito de falsificación de registros comerciales en segundo grado, y cuando su intención de defraudar incluye la intención de cometer otro delito o de ayudar u ocultar la comisión del mismo.

El argumento de Steve es que el elemento de ocultar la comisión de «otro delito» tiene que referirse a un acto que no sólo satisface los elementos de un estatuto penal, sino que, interpretado de forma independiente, es un delito que satisface la revisión independiente de la Primera Enmienda. Y por eso argumenta que, si el jurado identifica que esos elementos de otra ley penal se han cumplido, eso no es «otro delito» si hubiera una defensa de la Primera Enmienda a la responsabilidad por esos elementos de forma independiente, ya sea bajo la ley actual, o, si es necesario, en una mejor comprensión de la ley modificada por la Corte Suprema en la apelación de la condena de Trump al revocar el precedente de la Corte.

Este es un argumento interesante y confieso que no es lo que pensé que Steve estaba argumentando en su primera publicación. Así que ciertamente aprecio la aclaración y le pido disculpas a Steve por el malentendido. Una respuesta que tengo es que el argumento de Steve plantea una cuestión interpretativa bastante interesante. Cuando la legislatura de Nueva York utiliza la frase «otro delito» como parte de un elemento, ¿se refiere «otro delito» a los elementos de alguna otra ley penal, o es «otro delito» más bien un concepto constitucional independiente que significa los elementos de algún otro derecho penal? derecho penal sólo en la medida en que los elementos puedan constituir un delito penal autónomo sin violar la Constitución?

Supongo que Steve cree lo último. Quizás eso sea correcto. Pero no estoy del todo seguro de eso. Desde el principio, pensaría que es una cuestión de interpretación legal más que del derecho constitucional de los elementos de los delitos. Los delitos tienen que satisfacer la Primera Enmienda en su conjunto, obviamente, pero no creo que haya un problema constitucional con un elemento particular de un delito que involucre actividades protegidas por la Primera Enmienda. Por ejemplo, si una legislatura dice que es un delito golpear a alguien durante una protesta, el hecho de que la protesta esté protegida por la Primera Enmienda no significa que golpear a alguien durante una protesta lo sea. Si tengo razón en eso, entonces creo que esto termina siendo una cuestión interesante de interpretación legal, asumiendo que Steve tiene razón sobre la cuestión de la Primera Enmienda (ya sea según la ley actual o una posible ley futura).

Hurgué brevemente en Westlaw para ver si podía encontrar casos de Nueva York sobre esta cuestión, pero no encontré nada útil. Es una pregunta difícil de investigar, ya que los términos relevantes terminan planteando muchos casos no relacionados. Pero gracias nuevamente a Steve por la aclaración, y me interesaría saber si otros avanzan más que yo en la cuestión estatutaria.